Tipo de Norma: Ley
Número: 25097
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25097ESTABLECE QUE LAS EMPRESAS BANCARIAS DE REGIMEN COOPERATIVO ESTAN SUJETAS
AL REGIMEN DE ENCAJE PREFERENCIAL
("El Peruano" 21-IX-89)
LEY No. 25097
Artículo Unico.- Las empresas bancarias de régimen cooperativo están sujetas al régimen de encaje preferencial similar al que establezca el Banco Central de Reserva del Perú para los Bancos Estatales de Fomento.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
POR CUANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 20 de Setiembre de 1989.
ALAN GARCIA PEREZ
JUAN CORONADO BALMACEDA.
Ministro de Agricultura. Encargado de la
Cartera de Economía y Finanzas.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.