Tipo de Norma: Ley
Número: 25087
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25087Autorizan emisión de estampillas, conmemorativas del ses-quicentenario de fundación del Colegio Nacional “Nuestra Se*
ñora de Guadalupe"
LE¥ N 25087
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO
EL CONGRESO HA DADO LA LEY SIGUIENTES EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;
Ha dado la ley siguiente :
Articulo 1° - Autorizase al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la emisión de estampillas, cuyo uso será de carácter obligatorio, conmemorativas del sesquicentenario de la fundación del colegio Nacional "Nuestra señora de Guadalupe", de la ciudad de Lima. Esta tendrá valor franquea-torio y su tiraje, valor facial, diseño y demás ca-racteristicas técnicas serán reguladas por la dirección General de Correos.
Articulo. 2° - La presente ley regirá a partir del dia siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano".
FERNANDO LEON DE VIVERO, Presidente de la Cámara de Diputados.,
RUPERTO FIGUEROA MENDOZA» Senador Primer Secretarlo.
ABDON VILCHEZ MELO, Diputado Segundo Secretarlo.
AL SEÑOR PRESIDENTE COHSTITUOIOHAL DE LA REPUBLICA.
POR TANTO;
Mando se publique y cumpla Dado en la Casa de Gobierno, en Unto, a los un días del mes de Setiembre de mil novecientos ochentlnueve.
ALAN GARCIA PEREZ, Presidente Constitucional de la República.
EFRA3N ORBEGCZO RODRIGUEZ, Ministro de Educación.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.