Ley Nº 24937

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 24937

CONCEDE PENSION DE GRACIA A DONA PETRONILA

IBANEZ DE CALDERON

RESOLUCION LEGISLATIVA

No.24937

El Congreso, en vista de la iniciativa del Presidente de la República formulada de acuerdo con el articulo 190o. de la Constitución Política del Perú, ha resuelto:

lo.- Conceder a doña Petronila Ibáñez de Calderón, cónyuge supérstite de quien en vida fue don Marcos Calderón Medrano, destacado Director Técnico de selecciones nacionales y del club "Alianza Lima", en cuya carrera profesional dio muestras de magisterio a la juventud deportiva del país, y que falleciera en el lamentable accidente aéreo ocurrido el día 08 de diciembre de 1987, la pensión de gracia equivalente a una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

2o.- La pensión a que se refiere esta Resolución Legislativa es personal e

intransferible y no genera derecho de pensión de sobreviviente.

3o.- El Ministerio de Educación queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución Legislativa.

Comuniqúese al Presidente de la Repú blica para su promulgación.

Lima, 16 de Noviembre de 1988.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, pu-bllquese y archívese.

ALAN GARCIA PEREZ

MERCEDES CABANILLAS DE LLANOS DE LA

MATA,

Ministra de Educación.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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