Ley Nº 24893

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 24893

CREA EL CUERPO DE RESCATE ANDINO PERUANO CON

SEDE EN CIUDAD DE HUARAZ ("El Peruano"12-X-88)

LEY No.24893

Articulo lo.- Créase el Cuerpo dé Rescate Andino Peruano con sede en la ciudad de Huaraz, destinado a la prevención, seguridad y ejecución de operaciones de rescate a personas accidentadas, enfermas o impedidas en su regreso de zonas andinas, producto de la práctica de los deportes de montaña.

Articulo 2o.- Facultase al Poder Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Industria, Comercio Interior, Turismo e Integración, en forma coordinada con el Instituto Peruano del Deporte, la Asociación de Gulas de Alta Montaña y los Clubes de Andinismo, reglamente en el término de sesenta <60) dias la presente Ley, respecto a la organización y funciones del Cuerpo de Rescate Andino Peruano.

Articulo 3o.- Esta Ley rige a partir del dia siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano”.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla

Lima, 10 de Octubre de 1988.

IVAN GARCIA CABREJOS,

Ministro de Industria, Comercio Inte-

rior, Turismo e Integración.

MERCEDES CASAN ILLAS DE LLANOS DE LA

MATA,

Ministra de Educación.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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