Ley Nº 2488

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 02488

Nueva cédula de montepío á favor de doña María Luisa Cabero

Limay 17 de octubre de 1917.

Señor Presidente:

El Congreso, ha resuelto que el Poder Ejecutivo expida nuevamente cédula de montepío á doña María Luisa Cabero, hija legítima de don Pedro Cabero, Vocal que fué del Tribunal Mayor de Cuentas, con derecho á percibir, desde la promulgación de la presente, la pensión de que disfrutaba antes de que se le cancelara su primitiva cédula.

Lo comunicamos á usted para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde á usted.

J. C. Bernales, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente. —Juan E. Durando Secretario del Senado.

—N. Pérez Velázquezy Diputado Pro-Secretario.

Al Señor Presidente de la República.

Lima, 19 de octubre de 1917.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese.

Rúbrica del Presidente de la República.

Maldonado•



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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