Ley Nº 24817

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 24817

APRUEBA “ACUERDO DE INTERCONEXION VIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL GOBIERNO DE

LA REPUBLICA DE BRASIL’*

(“El Peruano” 26-V-88)

RESOLUCION LEGISLATIVA

No. 24817

El Congreso de la República en uso de la facultad que le confieren los artículos 102o. y 186o. inciso 3) de la Constitución Política del Estado, ha resuelto aprobar el “Acuerdo de Interconexión Vial entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República del Brasil”, suscrito en Lima, el 26 de junio de 1981.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Lima, 25 de Mayo de 1988.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíque-se y archívese.

ALAN GARCIA PEREZ LUIS GONZALES POSADA,

Ministro de Relaciones Exteriores. FRANCISCO MAURV LOPEZ,

Ministro de Transportes y Comunicaciones.

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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