Ley Nº 24813

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 24813

APRUEBA CONVENIO SOBRE "RECLAMACION INTERNACIONAL Y EJECUCION DE SENTENCIA

EN MATERIA DE ALIMENTOS"

("El Peruano" 25-V-88)

RESOLUCION LEGISLATIVA

No. 24813

El Congreso de la República, en uso de la facultad que le confiere los artículos 102o. y 186o. inciso 3) de la Constitución Política, resuelve aprobar el Convenio sobre "Reclamación Internacional y Ejecución de Sentencia en Materia de Alimentos", suscrito en la ciudad de Montevideo el 23 de octubre de 1984 entre el Gobierno de la República del Perú y la República Oriental del Uruguay.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Lima, 24 de Mayo de 1988.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y ar-ch ívese.

ALAN GARCIA PEREZ

LUIS GONZALES POSADA,

Ministro de Relaciones Exteriores.

CAMILO N. CARRILLO GOMEZ,

Ministro de Justicia.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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