Ley Nº 24811

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 24811

APRUEBA "CONVENCION PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS ACTOS DE TERRORISMO CONFIGURADOS EN DELITOS CONTRA LAS PERSONAS Y EXTORSION CONEXA CUANDO ESTOS TENGAN TRASCENDENCIA

INTERNACIONAL"

("El Peruano" 25-V-88)

RESOLUCION LEGISLATIVA

No.24811

Ei Congreso de la República del Perú,en uso de la fa-

t

cuitad que le confieren los artículos 102o., 186o. inciso 3) de fa Constitución Política del Perú, resuelve aprobar la "Convención para prevenir y sancionar los actos de terrorismo configurados, en delitos contra las personas y extorsión conexa cuando éstos tengan trascendencia internacional", adoptada el 2 de febrero de 1971 en la ciudad de Washington D.C, y suscrito por el Perú el 8 de noviembre de 1984.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Lima, 24 de Mayo de 1988.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

ALAN GARCIA PEREZ LUIS GONZALES POSADA,

Ministro de Relaciones Exteriores.

CAMILO N. CARRILLO GOMEZ,

Ministro de Justicia.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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