Ley Nº 2473

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 02473

Premio pecuniario á don Sixto Valcárcel maestro mayor del taller de carpintería del Arsenal de Guerra

Lima, 29 de setiembre de 1917. Señor Presidente:

El Congreso, tomando en cuenta los servicios que, por más de cuarenta años

viene prestando al país el maestro mayor del taller de carpintería del Arsenal de Guerra don Sixto Valcárcel, ha resuelto concederle, por una sola vez, un premio pecuniario de doscientas libras peruanas de oro, que se consignarán en el Presupuesto General de la República, en conformidad con el artículo 2° de la ley número 278.

Lo comunicamos á usted para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde á usted.

J. C. Bernales, Presidente del Senado.—Juan Parpo, Diputado Presidente. F. R- Lanatta.' Senador Secretario.—Luis A. Carrillo, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente de la República.

Lima, 13 de octubre de 1917.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese.

Fuente.

Rúbrica del Presidente de la República.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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