Ley Nº 24677

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 24677

DECLARA MONUMENTO HISTORICO UN INMUEBLE UBICADO EN LA CIUDAD

DE ABANCAY

LEY No. 24677

Articulólo.— Declárase Monumento Histórico el inmueble ubicado en la esquina formada

por el Jirón Arequipa y la Avenida Nuñez, en la Ciudad de Abancay, Capital del Departamento de Apurimac, inmueble donde domiciliaron Dn. José Antonio Ocampo, héroe de la Guerra del Pacífico y David Samanez Ocampo, Presidente de la Junta de Gobierno de 1931.

Artículo 2o.— El Instituto Nacional de Cultura coordinará con:

1— Cooperativa de Ahorro y Crédito “Señor de Animas Apurimac”.

2. — Cooperativa de Transportes "Señor de Animas—Apurimac” Ltda.

3. — Club Provincial Chincheros.

4. — Centro Provincial Unión Grauina.

Todas las acciones necesarias para la ejecución

del objetivo del Artículo lo. de la presente Ley y posterior habilitación del inmueble a expropiarse como Casa de la Cultura del Departamento de Apurimac sin crear gasto público.

Artículo3o— La presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 29 de Mayo de 1987.

ALAN GARCIA PEREZ

FERNANDO LEON DE VIVERO

Presidente de la Cámara de Diputados.

GROVER PANGO VILDOSO

Ministro de Educación.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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