Tipo de Norma: Ley
Número: 24659
documento PDF
24659AMPLIA PLAZO PARA REGULACION PRESUPUESTARIA DE LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO DE 1986. HASTA EL 31-V^87
LEY No. 24659
Articulólo — El plazo a que se refiere el Segundo Párrafo del articulo lo. de la Ley 24422, será considerado hasta el 31 de mayo de 1987.
Artículo2o.— La Universidad Nacional de la Amazonia Peruana aprobará en via de regulariza-ción y mediante Resolución del Titular del Pliego, su Presupuesto Reestructurado 1986 por asignaciones genéricas y especificas, proyectos de inversión y fuentes ae financiamiento, de acuerdo a la variación que obtenga en sus ingresos por aplicación de los Decretos Supremos Nos. 068-86 —EF y 321-86-EF. Copias de Ja indicada Resolución deberán remitirse a los organismos que señala Ley 24422, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la vigencia de la presente Ley.
Artículo3o — Entiéndase referido a días hábiles el plazo de 180 días que establece el Artículo lo. de la Ley No. 24501 y el de su ampliatoria dispuesta por el artículo 13o. de la Ley No. 24562.
Artículo4o — A partir del primero de enero de 1987, lo dispuesto por el Artículo 54o. de la Ley No. 23724 es de aplicación para todos los trabajadores que laboran en el Ministerio de Economía y Finanzas sin excepción alguna, no existiendo incompatibilidad con cualquier otro beneficio que vienen percibiendo.
Artículo 5o.— La presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano".
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla
Lima, 5 de Mayo de 1987
ALAN GARCIA PEREZ
LUIS ALVA CASTRO
Ministro de Economía y Finanzas.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.