Tipo de Norma: Ley
Número: 24577
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24577DECLARA DE NECESIDAD Y UTILIDAD
PUBLICAS LA RE FORESTACION DE LAS
PAMPAS DE OLMOS, DEPARTAMENTO
DE LAMBAYEQUE
LEY No. 24577
Artículo lo — Declárase de necesidad y utilidad públicas la reforestación de las Pampas de Olmos, en el distrito de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque.
Artículo 2o.- Encárgase al Ministerio de Agricultura la planificación y las acciones encaminadas al cumplimiento de esta ley.
Artículo 3o.— Prohíbase la tala de algarrobos, bajo cualquier concepto, en la zona de reforestación de Olmos.
Artículo 4o.— Deróganse todas las normas que se oponen a esta ley.
Artículo 5o.— La presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial " "El Peruano".
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 27 de Noviembre de 1986.
ALAN GARCIA PEREZ
REMIGIO MORALES BERMUDEZ
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.