Tipo de Norma: Ley
Número: 2388
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02388LEY Sc 2388
Construcción de obras de defensa en el ranee del río Mapocho, que atraviesa la ciudad de Paueartanibo
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley
siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. — Consígnase en el presupuesto departamental del Cuzco, por nna sola vez. la partida de trescientas libras peruanas de oro, destinada n la construcción de las obras de defensa que pean necesarias en el cauce del rio M a pocho, que atraviesa la ciudad de Pancar-tambo, capital de la provincia de su nombre: debiendo la II. danta Departamental del Cuzco proceder á su ejecución en el modo y forma que estime conveniente.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para Olie disnono'íL lo ne<*esnrm á sn cmn-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.