Ley Nº 23760

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 23760

CREA EN EL DEPARTAMENTO DE HURA, PROVINCIA DE HUANCABAMBA, EL DISTRITO

DE LALAQUIZ

LEY No. 23760

Aitículo lo.- Créase en el Departamento de Piuro, Provincia de Huancabamba, el Distrito de Lalaquiz cuya Capital será el Centro Poblado Tunal, que se eleva a la categoría de Pueblo por la presente ley.

Artículo 2o.- Los límites del Distrito de Lalaquiz lian sido trazados en la Carta Nacional de Morropón, escala 1 :100,0001!oja 11 d (1970) elaborada y publicada

por el Instituto Geográfico Militar (hoy Instituto Geográfico Nacional) y en las Hojas 11 d I NO - NE — SE -SO a escala 1:25,000 (1975) elaboradas y publicadas por el Ministerio de Agricultura, Oficina General de Catas tío Rural y son los siguientes:

Por el Norte: Con los Distritos de Chalaco y Pacai-pampa de las Provincias de Morropón y Aya baca respectivamente, a partir de un punto de la divisoria de aguas de la cuenca de la Quebrada Sapanga ubicado a 0.7 kilómetros aproximados, al SE de la cumbre del cerro Tu-yirca el límite describe una dirección SE que pasa por la divisoria Norte de la cuenca de la Quebrada Sapang3,

hasta encontrar un escarpe localizado al SO del Cerro Grande, continúa por este escarpe hasta encontrar la divisoria Este de la cuenca de la Quebrada de Sambc, prosigue por la divisoria y por su proyección S-SO hasta encontrar un lugar en el lecho déla quebrada afluente de la Quebrada Sambe por su margen izquierda que se ubica a 1.6 kilómetros en linca recta aproximadamente

de la confluencia de ambas quebradas. De este lugar el límite toma una dirección NE por el lecho de la quebrada afluente antes mencionada, aguas arriba, hasta sus nacientes en la divisoria de aguas aproximadamente a 0.750 kilómetros al NO de la cumbre del Cerro Loma Continúa hacia el Este hasta llegar al lecho de la Quebrada Pache o San Dalica a un punto ubicado a 2.4 kilómetros aproximadamente de la confluencia con la Quebrada Pilto de este lugar el límite sigue por el lecho de la

Quebrada Pache o San Dalica aguas arriba hasta la con-lueneiade las dos Quebradas localizadas al Este del Cerro Grande x continúa por el lecho de la Quebrada de la margen izquierda con dirección N - NE hasta un punto

ubicado a 0.5 kilómetros, aproximadamente de la continencia antes mencionada, de donde sigue una dirección Este hasta encontrar la divisoria de 3guas de la Quebrada Pilto, ubicado a 1.1 kilómetros al Sur de la Cumbre del Cerro Piedra Echada, continúa hacia el Norte por est3 divisoria hasta llegar a la cumbre del Cerro Piedra Idiada, de este lugar el límite sigue una dirección NE por la divisoria de la cuenca de la Quebrada Pilto hasta encontrar la divisoria de la Cuenca déla Quebrada Pasa-pampacncl Cerro Los Arévalos.

Por el Este y Sureste: Con los Distritos de Huancabamba y Canchaque, a partir del último lugar nombrado el límite describe una dirección general. SE que pasa por la cumbre del Cerro Pilco hasta un lugar en esta divisoria localizado a 2.6 kilómetros aproximadamente en línea recta a partir del cual ei límite continúa hacia el SE siguiendo su proyección hasta encontiar el lecho de una quebrada, afluente de la Quebrada Payaca, por este lecho aguas abajo hasta su desembocadura en la Quebrada Pasapampa, luego el límite prosigue por la Quebrada Payaca aguas abajo la cual posteriormente toma el nombre del Río Sapee; continúa por el lecho de este río hasta la confluencia con el Río San Lorenzo, naciente del Río Bigote.

Por el Suroeste, Oeste y Noroeste: Con los Distritos de Salitral y Chalaco de la Provincia de Morropón, a partir del último lugar nombrado el límite sigue una linca recta en dirección Oeste hasta llegara la cumbre del Cerro La Viuda, continúa hacia el NO por la divisoria de aguas de ia Quebrada Limonal y Río San Lorenzo, hasta las nacientes de la Quebrada Limonal en la cumbre del. Cerro que se ubica al SE del Centro Poblado Quebrada Honda, de este lugar el límite sigue una dirección NE por la divisoria de aguas hasta llegar a la confluencia de la Quebrada Agua Salada con la Quebrada Maray, continúa por el lecho de esta última Quebrada liasta la desembocadura de la Quebrada Ramos, siguiendo por la Quebrada Ramos hasta sus nacientes en el Cerro Palo Colorado, prosigue por este cerro y por el camino de herradura que en su mayor extensión coincide con la divisoria Oeste de la Cuenca de la Quebrada Sapanga (Ver ( arta Nacional) límite de la Comunidad Yamango, hasta el punto inicial de la descripción de estos límites.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

Primera: El Poder Ejecutivo dictará las disposiciones correspondientes a fin de dotar de las autoridades político — administrativas a la nueva circunscripción que se crea por la presente ley.

Segunda: En tanto se elijan e instalen las nuevas autoridades municipales en el nuevo Distrito, la administración y la prestación de los servicios serán atendidos por el Concejo Distrital de Cancluup.se.

Tercera: El Consejo Nacional de la Magistratura realizará las coordinaciones necesarias a fin de dotar al nue vo Distrito de las autoridades judiciales correspondientes.

Cuarta: Comuniqúese al Jurado Nacional de Elecciones a fin de disponer lo necesario para la realización de las elecciones municipales en el nuevo distrito.

Quinta: Derogúese los dispositivos que se opongan a la presente ley.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Lima, 22 de Diciembre de 1983.

RICARDO MONTEAGUDO MONTEAGUDO,

Presidente del Senado.

DAGOBERTO LAINEZ VODANOVIC,

Presidente de la Cámara de Diputados.

ALBERTO GOICOCHEA ITURRI,

Senador Secretario.

PEDRO BARD1 ZEÑA,

Diputado Secretario. .....

\! Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 30 de Diciembre de 1983.

FERNAN JO BELAUNDE TERRY,

LUÍS PERCOVICH ROCA.

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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