Ley Nº 23700

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Número: 23700


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 23700

24*326,000 78'254,000 18'000,000 S’000,000 25'000,000

eo’ooo.ooo

16000,000

1,324-'363,000

1,342,363.000 1,324'303,000

AUTORIZAN UN CREDITO SUPLE.

MENTA IlIO EN EL PRESUPUESTO.

DEL SECTOR PUBLICO PAPA EL PRE‘ SENTE AÑO POR LA SUMA DE

S'. 1,324^363,000 PARA EL MINISTERIO

DE INDUSTRIA, TURISMO

E INTEGRACION jley n° 2:rroo

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso lu dado la Ley siguiente: El Congreso de la República del Perú;

Ha dado la ley siguiente:

Articula 1"— Autorízase un Crédito .Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para 1983 por la cantidad' de Mil Trescientos Veinticuatro Millones Trescientos Sesentitrés Mil1 y 00/100 Sblés nro (S/. 1,324*303,000), de acuerdo al siguiente detalle:

VOLUMEN 01: Gobierno Central

TITULO I: INGRESOS 3,324'363,000

CAPITULO II: Ingresos Propios 2.0.0 Iegresos de Capital 2.1.0 Venta de Bienes de Capital 2.1.3 Terrenos Urbanos y Rurales

TITULO 11: EGRESOS

SECTOR 17: Industria, Turismo e Integración

FUEGO 01: Ministerio ele Industria,

Turismo e Integración.

FINANCIAMIENTO: Ingresos Propios UNIDAD PRESUPUESTARIA 02:

Organos Desconcentrados 1 ,324 3G3, 000

JEFATURA RESPONSABLE:

Secretario General ASIGNACIONES

08.00 OBRAS 1,324'363,000

Parque Industrial III Etapa Arequipa

Parque Industrial Cono Sur - Lima Parque Industrial * Chiclayo Parque Industrial - lea Parque Industrial - Tacna Parque Industrial - Trujilio Parque Industrial - Cuzco

TOTAL 1,324*363,000

Artículo T— El Ministerio de Industria, Turismo e Integración, en un plazo de diez (10) días calendarios, contados Ti partir de la fecha de promulgación de la presente Ley, aprobará por Resolución Ministerial los Presupuestos Analíticos correspondientes.

Artículo Sü— La presente Ley entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Comuniqúese El Presidente de la República para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta

y tres.

RICARDO MONTEAGUDO MONTEAGUDO, Pre-iidenle del Senado.

ALEJANDRO MONTOYA SANCHEZ, Primer Vice presidente de la Cámara de Diputados.

DOMINGO ANGELES RAMIREZ, Senador Secretario.

PEDRO BARDI ZEÑA, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos ochentitrés.

FERNANDO BELAUNDE TERRY, Presidente Constitucional de la República.

CARLOS RODRIGUEZ PASTOR MENDOZA, MJiislro de Economía, Finanzas y Comercio.

Proyectos;

Parque Industrial Sullana 272’458,000

Parque Industrial Río Seco 825*325,000



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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