Tipo de Norma: Ley
Número: 23685
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23685LEY N 23685
9*000,000
12*000,000
39'000,000 100*000,000 258*000,000 350*000,000 9,891'200,000
500*000,000 900'000,000 565'000.000 19*200,000
704*000,000 273'000,000 50*000,000 1,075*000,000 750*000,000 5 2'000,000 2,000*000,000
2,503'000,000 983’500,000
4,200’000,000
3,500*000,000
24*000,000
8’oornoo
1,330*000.000
1,221'000,000
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente: El Congreso de la República del Perú;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1— Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para 1983 por la suma de Treintltrés Mil Novecientos Setenta Millones Seiscientos Mil Soles Oro (S/. 33,970’GOO .000 00) en favor de la Corporación Departamental de Desarrollo de Loreto; de acuerdo Bl siguiente detalle:
VOLUMEN 05: Organismos Descentralizados Autónomos TITULO I : Ingresos 5APITULO II : Ineresos Propios i.O 0, : Ingresos Corrientes
15.0. : Rentas de la Propiedad
1.5.1 ¿ : De la Propiedad Real
1.5.1.19 : Cánón Petrolero 33,970'000,000
—OORDEL0RETO-*. *
TITULO II : Egresos SECTOR 12 : Economía, Finanzas y Comercio
PLIEGO 35 : Corporación Departamental de Desarrolló de Loreto Unidad Presupuesta! 01: Corporación Departamental de Desarollo de Loreto
E.E.P. 001 : DIGA l,000’000,00t>
E.E.P. 900 : AGRICULTURA
Aguas Calientes — Centro de Acopio Loreto — Evaluación RR NN Pastaza-Tigre
— Planta Lechera Iquitos — Apoyo al Sector Agricultura — Desarrollo Palma Aceitera E.E.P. DIO : CARRETERAS
—• Conservación Vial Loreto — Autopista Camal Bellavista — Construcción Puente Iquitos — Embarcaderos Fluviales — Mejoramiento Carretera Yurimaguas-Tarapoto — Via Costa Norte Iquitos — Canales Fluviales — Aeropuerto Contámana —- Aeropuerto Caballococha — Vía evitamiento Yurlmaguas — Aeropuerto Yurlmaguas — Carretera Iquitos-Nauta y Napo-Putumayo
E.E.P. 920 : RESTO TRANSPORTE
— Local Oorréó Iquitos 23*000,000
— Estación Radio y TV Regional 960*500,000 E.E.P. 930 : ENERGIA Y MINAS 7/132*000,000
—• Electrificación PPJJ Iquitos — Electrificación Localidades Menores
— Estudio pequeñas hidroeléctricas
— Surtidores de Combustible E.E.P. 940 .: EDUCACION
— Construcción CC.EE. Alto
Amazonas 360*000,000
— Consfrucción y Equipamiento
CC.EE. 949*500.000
—- T"<jH*iúos Técnicos
Agropecuarios 20*500,000
20*000,000
200*000,000 33 000,00(1 50*000,000 150*000,000
— Asentamiento Ñapo Putumayo
—Desarrollo Integral Genaro Herrera
— Programa Regional de Arroz
— Desarrollo Producción Lechera
— Programa Regional de Búfalos
— Estudios de Factibilidad Unidad de Conservación
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.