Ley Nº 23596

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Número: 23596


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 23596

SE CREA “REMUNERACION ESPECIAL POR

FUNCION EN SALUD”

LEY No. 23596

Artículo lo.- Adiciónase al inciso d) del artículo 3o. del Decreto Ley No. 22404, la siguiente Remuneración Especial:

“ Remuneración por Función en Salud”.

Artículo 2o.— La Remuneración especial por Función en Salud es aquella que otorga al personal empleado nombrado o contratado que trabaja en las dependencias, servicios hospitalarios o unidades asistenciales de salud de la Administración Pública, incluyendo los correspondientes al Instituto Peruano de Seguridad Social.

Esta Remuneración se abonará en un porcentaje que no excederá el 30 o/o de la respectiva remuneración básica, como compensación permanente a las funciones propias del Sector Público de Salud.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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