Ley Nº 23524

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Número: 23524


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 23524

LEY No. 23524

Artículo lo.— Declárase nulo y sin efecto el remate del inmueble ubicado en la esquina de los jirones Junín y Lampa, de la ciudad de Lima, de propiedad del Banco de la Industria de la Construcción, en liquidación, practicado por la Superintendencia de la Banca y Seguros, debiendo ésta, en consecuencia, proceder en la forma prevenida en el Artículo 143o. de la Ley de Bancos.

Artículo 2o.— Esta Ley rige desde el día siguiente de su publicación.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 21 de Diciembre de 1,982.

FERNANDO BELAUNDE TERRY,

Presidente Constitucional de la República.

FERNANDO MONTERO ARÁMBURU,

Ministro de Energía y Minas, Encargado de la Cartera de Economía, Finanzas y Comercio.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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