Tipo de Norma: Ley
Número: 2335
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02335Mí Y \ 2335 f,« provincia de f'ajniamho
pertenecerá
on (o adininistrnlivo, político
y judicial
al Pcpnrtamenlo de Unía
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso hadado la lev siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.