Tipo de Norma: Ley
Número: 23253
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2325308.00 OBRAS
AMPLIAN EL PRESUPUESTO DEL PLIEGO ORGANISMO REGIONAL DE DESARROLLO DE TACNA Y MOQUEGUA
LEY N* 23 ‘253
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República del Perú lia dado la ley siguiente:
Artículo l9 — Ampliase el Presupuesto dejl Sector Público Nacional por la cantidad de Ciento Cincuenta Millones de Soles Oro (S/. 150*000,000)1 conforme al siguiente detalle:
VOLUMEN 01: GOBIERNO CENTRAL .
TITULO I: INGRESOS
CAPITULO II: Ingresos Propios
1.0. 0. : Ingresos Corrientes
1.2.0. : Tasas
1.2.8. : De Transportes y Comunicaciones
1.2.8.60: Sobreprecio venta de
gasolina S/. 150*000,000
TITULO II: EGRESOS
PLIEGO 32: .Organismo Regional de Desarrollo
de Tacna y Moquegua*
Programa 3201: Oficina Central
Jefatura
Responsable: Director General de
Administración
Asignaciones genéricas
s/. íarooo.oProyectos:
S/.
- Terminación Camal
Locumba 8000,000
- Terminación Reservorio
Es fique pa ñipa 6*000,000
- Construcción Reservorio
Tarucachi S’OOO.OOO
- Terminación Monumento a los Defensores del A to de
la Alianza I Etapa 22*000,000
- Construcción Auditorium CB. "Corond p.Oo-rj»* '
n Etapa 12*000,000
- Construcción ( calió Edu
cativo “panúbiiea • Argentina” ' - in’OOO.OPO
- Refacción A’i'nc v Ce'Cu
c E. “Ramón
Capaja” Tarata 10*000,OOQ
- Construcción d< Awla y Servicios Auxiliares C.E.I.
302 Las; Taras 3*000,000
- Construcción C.E.I. N9i
137 “El Orfeón" I Etapa 15^000,000
- Equipamiento C.E. en
pueblos jóvenes 5*000,000
- Terminación Concha
Acústica 5*000,000
- Construcción Aulas C.E.
Pachia 5*000,000'
- Instalación Alcantarillado Huanuara 6*000,000"
- Puente enlace Calanapa-
chia 7*000,000'
- Mejoramiento Carretera
Cairani 6*000,000
- Construcción y equipamiento postas médicas 4*000,000
- Terminación y equipamiento Policlínica Sáni-
- dad de Po’icía - Tacna 5*000,000'
- Construcción Local Comunal de Locumba 8*000,000
- Ampliación y Mejoramiento sede Central Or-
dctam 5*000,000
Articulo 29 — En el término de. quince (15) días (Contados a partir de la vigencia de la presénte ley, el Pliego Organismo Regional, de Desarrollo de
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.