Ley Nº 23238

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Número: 23238


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 23238

LEYES

AUTORIZAN OPERACION DE TRANSFERENCIA DE PARTIDAS POR LA CANTIDAD DE S/. 1,741'000,000LEY Pí*

EL PRESIDENTE DE LA. REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso ha dado 1» Ley siguiente:

El Congreso de la República del Perú:

Ha dado la Ley siguiente:

Articulo Unico.— Autorízase una Operación de Transferencia de Partidas por la cantidad de Un Mil Setecientos Cuarentiun Millones de Soles Oro (S/. 1,741'000,000), en el Presupuesto del Gobierno Central par» 1981, conforme al siguiente detalle :

TITULO II: EGRESOS DEL

SECTOR 12: Economía, Finanzas y Comercio PLIEGO 12: Ministerio de Economía, Finanzaá y Comercio

PROGRAMA 1208: Formulación del Presupuesto Público y Elaboración de la Cuenta General de la República •

jefatura R«.ron«aMe; DUeotro General del Presupuesta Público.

FINANCIAMIENTO

CAPITULO I: Ingresos dol Tesoro Púbiloo 8/. 1.741000,000.

GASTOS-ASIGNACIONES

11.00 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

11.66 Otras............... S/. 1,741’000,000

AL:

PLIEGO 34: Organismo de Desarrollo de La Libertad

PROGRAMA 3412: Proyecto JlidVoenergétioO CHAVJMOCHIC

3efatura ResponfMble: D*reof»*'n Ejecutiva del Proyecto Hidroencrgético Cl 1AVIMOCH1C.

ASIGNACIONES 8/.

07.00 ESTUDIOS............... 341'000,006

07.03 Definitivos por Contrata ____: 200*000,006

07.0-1 Definitivos por Administración 141'000,000

08.09 OBRAS,................. 1400 000,000

08.01 Por Contrata............ 1,400*01)0,000

TOTAL.................. Í<741'000,000

Comuniqúese ni Presidente de la República pflfc-ra su m-emu1'ración

Casa del Congreso, en L'ma, a los veintisiete días del mes rt** M*»r7o de mil novecientos ocheii-tíuno.

OSCAR TRELEES MONTES, Presidente del

Senado.

FRANCISCO ret. alinde terrY, Presidente de la C¿¡ niara de Dinufpdos.

EDUARDO YASTTTATURA MONTENEGRO, Senador Secretario.

RODOLFO ZAMAT.T.OA LOAI7.A, Diputado Secretarlo.

AL SEÑOR PREST DENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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