Tipo de Norma: Ley
Número: 22996
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22996Empresa de Puertos condona una deuda
DECRETO LEV No. 2‘áíXM)
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Ley No. 21308 se ha establecido la exoneración del pago de los derechos y tasas portuarias A la importación del material y equipo destinado a la Defensa Nacional rigiendo dicha exoneración a partir de Octubre de 1975*
Que, por operaciones similares realizadas con anterioridad desde Agosto de 1972 hasta Julio de 1975, el Ministerio de Guerra adeuda a la Empresa Nacional do Puertos del Perú (ENA-PU PERU), la suma de ONCE MILLONES! TRESCIENTOS OCHENTICINCO MIL SEISCIENTOS Y 77/100 SOLES ORO (S/. 11'385,663.77);
Que no cubriendo los alcances del Decreto Ley No. 2130.7, el Importe referido en el considerando precedente y siendo la razón del mismo similar a la que originó el dictado del mencionado dispositivo legal, por tratarse de importaciones destinadas a la Defensa Nacional, es procedente autorizar a la Empresa Nocional de Puertos del Perú (ENAPU PERU), para que condene la deuda que a su favor tiene el Ministerio de Guerra por el concepto ya anotado;
En uso de las facultades de que eslú investido; y,
Con el volo aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Articulo Unico.— Autorizar a 1® Empresa Nacional d* Puertos del Perú (ENAPU PERU> para que condone la deuda que a SU favor tiene el Ministerio de Guerra, por la suma de ONCE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTICINCO MIL SEISCTFINTOS Y 77/100 SOLES ORO S/. H'385,663 77», v"r concepto de falso muellaje en la importación de material destinado a la Defensa Nacional.
Dado en In Casa de Gobierno en Lima , a ios veintitrés días del mes de Abril de mil novecientos ochenta.
General de División E.P., FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI, Presidente de la República.
General de División EP., PEDRO PTCÍITER PRADA. Pre-dente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra. Encargado de la Cartera de Marina.
Teniente General F.A.P.. LUIS ARIAS CRAZIANI, Ministro d» Aeronáutica.
Embajador ARTURO GARCIA Y GARCIA, Ministro de R«-lacione8 Exteriores.
General de División E.P., JOSE GUABLOCUE RODRIGUEZ, Ministro de Educación.
Vicealmirante A.P., JORGE DU P.OIS GERVASI. Ministro de Industria. Comercio, Turismo e Integración. Encargado de 1» Cartela de Economía y Finanzas.
General de División E.P., RENE BALAREZO VALLEBUO-NA, Ministro de Energía y Minas.
General de División E.P.. JOSE SORIANO MORGAN, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Teniente General F.A.P., EDUARDO RIVASPLATA HURTADO, Ministro de Satud.
Teniente General F.A.P., JAVIER ELIAS VARGAS, Ministro de Trabajo
General de Brigada E.P., CESAR ROSAS CUESTO, Ministro de Vivienda y Construcción.
Contralmirante A.P., JORGE VILLALOBOS URQUIAGA, Ministro de Pesquería.
General de Brigada E.P, FERNANDO VELIT SABATTINI, Ministro del Interior.
General de Brigada E.P., CARLOS Gamarra PE¡RE2I EGAÑA, Ministro de Agricultura y Alimentación.
FOR TANTO!
Lima, 23 de Abril de 1980.
General de División EP. FRANCISCO MORALES BERMIN DEZ CERRUTTI,
General de División EP PEDRO RTCHTER PRADA.
Tenlonte General FAP. LUIS ARIAS CRAZIANI
General de División EP PEDRO RICHTER PRADA.
Vicealmirante AP, JORGE DU BOIS GERVASI.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.