Tipo de Norma: Ley
Número: 22689
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22689EN VIA DE REGULARIZACION
de Inversiones de i a Empresa RETRO PERU
DECRETO LEY N* 22689
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto _ Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Ley N 22049 se aprobó para Petróleos del Perú un Presupuesto de Inversiones por S/. 4.319.S millones, ei cual no cubría la totalidad de su Programa de Inversiones para el año 1978;
Que en cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 59° de dicho dispositivo se aprobó sectoriaJmente el Presupuesto 1978 de Petróleos del Perú mediante la Resolución Ministerial N 0507-78-EM/OSP, dentro del cual se incluía el Programa de Inversiones para dicho año en los términos autorizados por el mencionado Decreto Ley;
Que a pesar de las serias limitaciones financieras la Empresa Petróleos del Perú se vio en la necesidad de ampliar el nivel de inversiones aprobado en la Ley de Presupuesto para 1978, a fin de garantizar en el Corto y Mediano Plazo el cumplimiento oportuno y adecuado de las responsabilidades que le asignan el Decreto Ley N 20036 y los planes de desarrollo del Sector Energía y Minas;
Que mediante los Decretos Leyes Nos. 22403 y 22410 SO liberó a la Empresa PETROLEOS DEL PERU de determinadas obligaciones financieras, disponiéndose asimismo con el Decreto Ley N9 22477 el reconocimiento del subsidio para la comercialización de sus productos en el mercado interno durante el ejercicio presupuestal 1978, disposiciones que posibilitan la regularización presupuestal de las mayores inversiones efectuadas por la empresa en el año 1978;
Que igualmente, es necesario autorizar en vía de regulart-zación la reestructuración del Programa de Inversiones de la Empresa PETROLEOS DEL PERU aprobado por el Decreto Ley N 22049;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Articulo 1.— Apruébase en vía de regularización la reestructuración del Programa de Inversiones de PETROLEOS DEL PERU aprobado por Decreto Ley N$ 22049 por un monto de cuatro mil trescientos diecinueve millones seiscientos mil soles oro (SI. 4,319’600,000), con la distribución siguiente:
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.