Ley Nº 22437

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 22437

SUSPENDERAN MEDIOS DE INFORMACION QUE DAÑAN LA SEGURIDAD NACIONAL

DECRETOXEY N* 22437

CONSIDERANDO:

Que determinados medios de información vienen haciendo pronunciamientos que ostensi. blemente comprometen la soberanía nacional y el prestigio del Perú en el ámbito internacional, atentando así contra la Seguridad Na^ cional;

Que es deber del Estado velar por la expresada Segundad, por lo que se hace necesario suspender los medios de información que

se empleen para actuar en contra de ella;

• .. •

En uso de las facultades de que está investido; y.

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Art. 1— Suspéndase los medios de infor, mación que por Resolución del Ministro del Interior se determine.

Art. 2— Déjase en suspenso las disposiciones que se opongan al presente DecretoXey

Por Tanto: Mando se publique y cumpla.

Lima, 23 de Enero de 1979

Gral. de Div. EP. F. Morales Bermúdez C-

Gral. de Div. EP. Oscar Molina Pallocchla*

Tnte. Gral. FAP. Luís Galindo Chaprnan.

Vice.Almirante AP. Carlos Tirado Aleorta.

Gral. de Brig. EP. Femando Vellt S.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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