Ley Nº 22227

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 22227

Aprobaron las Cuentas Generales de la República

desde 1968 hasta 1974

Decreto Ley No. 22227

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

JT.l Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto ley siguiente

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que la Cuenta General de la República, de conformidad ®on el Art. 177* de la Constitución Política del Estado, y en concordancia con el Art. 76* de la Ley 14816 —Orgánica del Presupuesto Funcional de la República debe exponer, entre otras importantes Informaciones, la ejecución presupuestaria consolidada de todos los pliegos que conforman el Sector Público Nacional, así como las cuentas del Balance General de la Nación y demás información pertinente a dichos estados financieros:

Que en tal sentido, la Cuenta General de la República es la exposición en cifras y metas de la gestión gubernamental y empresarial del Estado y la situación patrimonial de la Hacienda Pública, al cierre de cada ejercicio presupuestario:

Que la implementación de las reformas estructurales de la administración del Estado están contribuyendo al avance progresivo de la elaboración de las Cuentas Generales de la República en los términos en que fue concebida en la Ley 14816, en consecuencia las concernientes a los ejercicios presupuestarios de 1068, 1069 y 1970 están referidas a la consolidación de la información presupuestarla, y las de 1971-1972 y 1973-1974 á la consolidación de la Información patrimonial y presupuestaria:

Que la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, ha elaborado las Cuentas Generales de lá República correspondientes a los ejercicios presupuestarlos de 1968, 1969, 1970, 1971-1972 y 1973-1974; Comprendidos entre el 1* de abril de 1968 y el 31 de ntarzo de 1969, ei 1* de abril y el 31 de diciembre de 1969, el 1* de fenero y él 31 de diciembre de 1970, el 1* de enero de 1971 y el 31 de diciembre dé 1972, y el 1* de enero de 1973 y el 31 de diciembre de 1974, respectivamente; las cuales deben nprobnrse teniendo •n cuenta que la Información consolidada pora este fin, no eximo de las acciones a que se refiere la normatividad- del Sistema Nacional de Control;

Que el Ministerio de Economía y Finanzas en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 76 de la Ley 14816. ha presentado las Cuentas Generales de la República correspondiente a los periodos presupuestarios de 1908, 1969, 1970, 1971-1972 y 1973-1974 Con los Informes del Contralor General de la República y del Instituto Nacional de Planificación;

Etl uso de las facultades de que está Investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo Unico. — Apruébase las Cuentas Generales de la República correspondientes a los periodos presupuestarlos de 1968, 1969, 1970, 1971-1972 y 1973-1974; comprendidos entre el 1* de abril de 1968 y el 31 de marzo de 1969, el 1» de abril y el 31 de diciembre de 1969, el 1<> de enero y el 31 de diciembre de 1970, el 1 de enero de 1971 y el 31 de diciembre de 1972, j el 1* de enero de 1973 y el 31 de diciembre de 1974, respectivamente.

Dado en la Casa de Gobierno, ea Lima, a los cuatro días del mes de Julio de mil novecientos setentiocho.

General de División EP FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI, Presidente de la República.

General de División EP OSCAR MOLINA PALLOCCHLA, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

vicealmirante AP JORGE PARODI GAtLIANl, Ministro de Marina,

Teniente General FAP JORGE TAMAYO DE LA FLOR, Mi-nlstro de Aeronáutica.

Doctor JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Fi lianzas.

Ingeniero GABRIEL LANATA PIAGGIO, Ministro de In-du si ria, Comercio, Turismo e Integración.

General de División EP OTTO ELESPURU REVOREDO, Ministro de Educación.

General de División EP ELIVIO VANNJNI CHUMPITAZI, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Vicealmirante AP FRANCISCO MARIATEGUI ANGULO, Ministro de Pesquería.

Teniente General FAP JOSE GARCIA CALDERON KOECH-LIN, Ministro de Trabajo, Encargado de la Cartera de Energía y Minas,

General de Brigada EP LUIS ARBULU IBAÑEZ Ministro de Agricultura y Alimentación.

Mayor General FAP OSCAR DAV1LA ZUMAETA, Ministro de Salud.

r -'m ríhv.b anín AP HReoNIMO CAFFETtATA MARAZZI, Ministro de Vivienda y Construcción.

General de Brigada EP FERNANDO VELIT SABATT1NI, Ministro del Interior, Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 04 de julio de 1978.

General de División EP FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI.

General de División EP OSCAR MOLINA PALLOCCHIA.

Vicealmirante AP JORGE PARODI GALLIANÍ

Teniente General FAP JORGE TAMAYO DE LA FLOR

Doctor JAVIER SILVA RUETE.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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