Tipo de Norma: Ley
Número: 22143
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22143SE ArRUEBA CONVENIO PARA PROTEGER
Y RESTITUIR BIENES ARQUEOLOGICOS
DECRETO-LEY N 22143
CONSIDERANDO:
Que con fecha 15 de Octubre de 1975 los Gobiernos del Perú y el de los Estados Unidos Mexicanos, suscribieron en la ciudad de Lima el Convenio de Protección y Restitución de Bienes Arqueológicos, Artísticos e. Históricos:
Que es conveniente a los intereses naciona_ Ies la aprobación de dicho Convenio;
En uso de las facultades ue que está in. \estidc; v
Con ti \oto aprobatorio del Consejo de Mi_ nistros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo Unico.— Apruébase el Convenio de Protección y Restitución de Bienes Arqueo., lógicos. Artísticos e Históricos entre el Gobierno de Ja República Peruana y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos suscrito en la ciudad de Lima, el 15 de Octubre de 1975.
For tanto: Mando se publique y cumpla.
Lima, 18 de Abril de 1978.
Oral, de Div. EP. F. Morales Bermúdez C.
Gral. de Div. EP. Oscar Molina Pallocchia, Ministro de Guerra, encargado de la Cartera de Marina.
Tríe. Gral. FAP Jorge Tamayo de la Flor.
Embajador, José de la Puente RadbilL
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.