Tipo de Norma: Ley
Número: 22044
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22044DICTAN NORMA PARA CORREGIR DISTORSIONES EN DETERMINACION DEL
IMPUESTO A BIENES Y SERVICIOS DECRETO-LEY N< 22044 CONSIDERANDO:
Que es necesario corregir distorsiones en la determinación del impuesto a los bienes y servicios aplicabie a la importación de bienes;
Eii uso de las facultades de que está investido; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Art. 1(>— Sustituyese el texto del inc. c) del Arl. 7v de! D.L. 21497, por el siguiente:
"c) El valor CIF aduanero determinado con arreglo a la legislación pertinente más los derechos de importación pagados por la operación, tratándose de importación".
Art. 2"— El presente Decreto_Lev entrará cu vigencia el l'1 de Enero de 1978.
Por Tanto: Mando se publique y cumpla. Lima, 29 de Diciembre de 1977 Gral. de Div. EP. F. Morales Benr»údz C. Ora!, de Div. EP. Guillermo Arbuld Galliami Vicealmirante AP. Jorge Parcdi Galliani Tute. Oral. FAP. Jorge Tamayo de la Flor Gral de Brig. EP. Alcibiades Saenz. B
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.