Tipo de Norma: Ley
Número: 22
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00022Res. leg. N,c 22 Permiso á don L. Romero,
Lima, octubre 24 de 1904.
Excmo. señor:
El Congreso, en uso de la atribución que le confiere el inciso 4.° del artículo 41 de la Constitución, ha resuelto conceder el permiso que solicita el ciudadano don Leopoldo Romero, para aceptar el cargo de vicecónsul de la República de B olivia en el pueblo de Candara ve.
Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.
Dios guarde á V. E. — Rafael Villa-nueva, Presidente del Senado.— Cesáreo Chacaltana, Presidente de la Cámara de Diputados.— Víctor Castro Iglesias, Secretario del Senado.- Aguijes A. Rubina, Diputado Secretario.
Excmo. señor Presidente de la República.
Lima, noviembre 5 de 1904.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese y puhlíquese. — Rúbrica de S. E.—Polo.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.