Ley Nº 21901

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 21901

REGISTRO ELECTORAL SERA RENOVADO

CADA 20 ANOS

DECRETO-LEY N 21901

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la primera parte del Art. 1 de la Ley 14207, el Registro Electoral del Perú debe renovarse periódicamente cada 15 años;

Que el Registro Electoral actual, establecí, do a partir del 15 de Diciembre de 1962, debería, por tanto, renovarse a partir del 15 de Diciembre del presente año;

Que el Jurado Nacional de Elecciones, que supervigila el Registro Electoral del Perú, informa que no es necesario renovar el Registro Electoral en ei presente año por cuanto, debido a la depuración permanente del Registro y a la organización actualizada de los índices Numérico, Alfabético-Ortográfico y Dactiloscópico de los electores inscritos en él, puede formularse en cualquier momento los padrones destinados al acto del sufragio;

Que en el Jurado Nacional de Elecciones existe el Anteproyecto de Código Electoral

mandado elaborar por el Art. 62 de la Ley 16152, Anteproyecto que, como resultado de los estudios realizados, encuentra factible y propone la renovación del Registro Electoral del Perú cada 20 años;

Que, por lo tanto, procede la renovación periódica del citado Registro, cada 20 años;

En uso de las facultades de que está investido; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo Unico.— Modifícase el primer párrafo del Art. P de la Ley 14207, en la forma siguiente:

"Art. 1— El Registro Electoral que establece el Art. 88 de la Constitución del Estado se renovará periódicamente cada 20 años*'.

Por Tatito: Mando se publique y cumpla. Lima, 9 de Agosto de 1977 Gral de Dív. EP, Feo. Morales Bermúdez C. Gral. de Div. EP. Guillermo Arbulú Galliaui Tnte. Gral. FAP. Dante Poggi Morán.

Vice.Almirante AP. Jorge Parodi Galliani. Gral. de Brig, EP. Luis ClsnCros Vizquerra



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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