Ley Nº 21670

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 21670

Tipo de Norma: Ley

Número: 21670


Visualización de la norma: Ley 21670



Descargar Ley 21670 en PDF -

documento PDF

 21670

Adoptan acuerdo para conservar la flora y fauna amazónicas

DECRETO LEY N 21670

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

El Gobierno Revolucionario.

CONSIDERANDO:

Que con fecha 7 de noviembre de 1975 se suscribió en la ciudad de Lima, el “Acuerdo para la Conservación de la Flora y Fauna de los Territorios Amazónicos” entre los Gobiernos de la República del Perú y de la República Federativa del Brasil.

Que es conveniente a los intereses nacionales la aprobación de dicho Acuerdo:

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo Unico—Apruébase el “Acuerdo para la Conservación de la Flora

y Fauna de los Territorios Amazónicos", suscrito en la ciudad de Lima, el 7 de noviembre de 1975, entre los Gobiernos de la República del Perú y de la República Federativa del Brasil.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de octubre de mil novecientos setentiséis.

General de División EP. FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Presidente de la República.

General de División EP. GUILLERMO ARBULU GA-LLIANI, Presidente del Consejo de Ministro y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP DANTE POGGI MORAN, Ministro de Aeronáutica.

Vice-Almirante AP JORGE PARODt GALLIANI, Ministro de Marina.

Teniente General FAP JORGE TAMA YO DE LA FLOR, Ministro de Salud.

General de División EP. GASTON IBANEZ O'BRIEN, Ministro de Industria y Turismo.

Teniente General FAP LUIS GALINDO CIIAPMAN, Ministro de Trabajo.

Teniente General FAP LUIS ARIAS GRAZIANI, Ministro de Comercio.

Doctor LUIS BARUA CASTAÑEDA, Ministro de Economía y Finanzas.

Embajador JOSE DE LA

PUENTE RADBILL, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP. RAFAEL HOYOS RUBIO, Ministro de Alimentación.

General de Brigada EP ELI-VIO VANNINI CHUMFITAZI, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Contralmirante AP FRANCISCO MARIATEGUI ANGULO, Ministro de Pesquería.

General de Brigada EP. RAMON MIRANDA AMPUERO, Ministro de Educación.

General de Brigada EP. LUIS CISNEROS VIZQUERRA, Ministro del Interior.

Contralmirante AP JORGE DU BOIS GERVASI, Ministro de Integración.

General de Brigada EP LUIS ARBULU IBAÑEZ, Ministro de Agricultura.

Contralmirante AP GERONIMO CAFFERATA MARAZ-ZI, Ministro de Vivienda y Construcción.

General de Brigada EP ARTURO LA TORRE DI TOLLA, Ministro de Energía y Minas.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 26 de octubre de 1976.

General de División EP. FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI.

General de División EP. GUILLERMO ARBULU OA-LLJANI.

Teniente General FAP DANTE POGGI MORAN.

Vice-Almirante AP JORGE PARODI GALLIANI.

Embajador JOSE DE LA PUENTE RADBILL.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos