Ley Nº 21657

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 21657

Gobierno Revolucionario dictó la Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para el Ejercicio: 1975 -1976

DECRETO LEY No. 21657

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha. dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que es necesario dictar la Ley del Presupuesto Bienal para el Ejercicio 1975-1976, a iin de establecer las normas de la aprobación, ejecución y evaluación presupuestal en los Organismos del Sector Público Nacional con el propósito de permitir la ejecución del Plan de Corto Plazo;

De conformidad con- lo establecido en el Articulo 5*> del Decreto Ley N’ 17063;

En uso de las facultades de que está Investido; y. Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Ha dado «1 Decreto*Ley siguiente:

LEY DEL PRESUPUESTO BIENAL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL PARA 1975-1976

CAPITULO I FINALIDAD Y ALCANCE

Artículo iv— El presente Decreto Ley establece las normas a que se sujetarán las lases de aprobación, ejecución y evaluación del Presupuesto del Sector Público Nacional, durante el periodo comprendido entre el 1 de Enero de 1976 y 31 de Diciembre de 1976, formulado de conformidad con las Directivas Técnicas del Presupuesto emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas.

CAPITULO II

ESTRUCTURA PRESUPUESTARIA DEL SECTOR

PUBLICO NACIONAL

Artículo 29— Los presupuestos de los organismos que conforman el Sector Público Nacional se agrupan con criterio sectorial y programático, en los cuatro volúmenes siguientes:

a. VOLUMEN 01: Gobierno Central

Este volumen comprende el Título I - Ingresos y el Titulo II - Egresos.

El Título I comprende los Ingresos que por toda fuente, financian los Egresos del Gobierno Central.

El Título II comprende los egresos de todos los Pliegos Presupuéstales del Gobierno Central.

b. VOLUMEN 92: Instituciones Públicas

Este volumen comprende los Pliegos de las Instituciones Públicas, agrupadas sectorialmente de conformidad con sus correspondientes Leyes Orgánicas.

c. VOLUMEN 03: Empresas Públicas y Seguro Social del

Perú

Este volumen comprende dos partes. La primera parte agrupa a ios Pliegos Presupuéstales correspondientes a cada una de las Empresas Públicas.

La segunda parte comprende al Pliegos Presupuesta! del Seguro Social del Perú.

d. VOLUMEN 04: Gobiernos Locales y Sociedades de

Beneficencia Pública

Este volumen compre de dos partes. La primera parte agrupa a los Pliegos Presupuéstales correspondientes a cada uno de los Concejos Municipales Provinciales y sus Empresas.

La segunda parte comprende a los Pliegos Presupuéstales de las Sociedades de Beneficencia Pública.

Artículo 3*— Cada Pliego está constituido por el o los Programas Presupuéstales, debidamente consolidados.

Articulo 4*— El Pliego tendrá, ujq Titular y cada Programa, asi como cada Sub-Programa una Jefatura,

El Titular del Pliego como la más alta autoridad de un Organismo, es el responsable de la Dirección y Supervisión del Pliego a su cargo.

Loe Jefes de Programa y Sub-Programa son designados por el Titular de cada Pliego y tienen la responsabilidad de la obtención de las metas, para lo cual, deberán ejecutar, controlar y evaluar el Programa o Sub-Programa respectivo.

CAPITULO III

APROBACION DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR

PUBLICO NACIONAL

Articulo 5®— Apruébase los siguientes ingresos y Egresos del Volumen 01 Gobierno Central:

TITULO I; INGRESOS

CAPITULO I !

3 IB,189*531

2,180*450

7,896*579

160*731

— Ingresos del Tesoro Público

CAPITULO II :

— Ingresos Destinados

CAPITULO III :

•— Ingresos Propios —.

CAPITULO IV: — Endeudamiento

CAPITULO V:

— Ingresos por Transferencias

TOTAL :

221,261*745

TITUBO ]I : EGRESOS

PUENTES DE FINANCIAMIENTO

Tesoro |

Ingresos 1 Ib-opios I

Endeuda

miento

Transfe

rencias

TOTAL

1,123'165

945

-,_ |

1,124*110

863*000

7*500

$__

870*500

90*000

90*000

36,737*548

87*890

1

16,825’43fl

1.133*000

1,133*000

14,528 *767

ll’OW

1

14,539787

8,475*994

53*350

8,529*344

8,307*450

2,343*759

I

10,651*209

64,862*905

I

64.862*905

U.SWW1

31&741

4,688*695

35*698

16,696*066

2,021*298

* •Wmmm

342*659

2,363 957

2,801 *432

120*000

2,921*432

7,703*800

7,703*800

6,497*255

907*928

3,130*120

*

8,535*303

468,000

1*400

469*400

1.523*779

759*229

10*143

2,293*151

38,806*467

295*048

714*200

6*402

39,822*117

8 848*000

644*000

282*752

86*404

9.B6T156

188*500

1*500

190000

291*000

1

1*300

292*300

1.907*514

120*000

6)8*153

22*084

2,667*751

35*000

1 *T “

35*000

3,150*560

218*744

i

3,369*304

50000

200

■ a

50*200

1,625*500

1*920

"*n M

í

1,627*420

431*000

I*-1™

1 ----

431*000

90*000

90*000

1,000*000

( • ' *~m

I --

1,000 000

2,216*125

2,216*125

207369*981

5,834*454

7.896*579

160*731

221,261*745

PLIEGOS

1.

2.

3-

4.

5. 5. 7. 8-9-

10.

31.

32. 13-

14

15 16.

17.

18.

19.

20.

31.

22

23.

24.

25. 20

27.

28. 39.

Presidencia, de la República Poder Judicial Poder Electoral Ministerio del interior Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Guerra Ministerio de Marina Ministerio de Aeronáutica Ministerio de Economía y Finanzas Ministerio de Agricultura Ministerio de Pesquería Ministerio de Industria y Turismo Ministerio de Energía y Minas Ministerio de Transportes y Comunicaciones

Ministerio de Trabajo

Ministerio de Vivienda y Construcción

Ministerio de Educación

Ministerio de Salud

Contraloría General de la República Instituto Nacional de Planificación (INP i de la Zona Alectada ( ORDEZA ) Consejo Nacional de Justicia Sistema Nacional de Apoyo a la Movilización Social < SINAMOS )

Oficina Nacional de Integración Ministerio de Comercio Oficina Central de Información Comisión Nacional de Propiedad fiocial Comité Ejecutivo del Complejo Bayóvar Ministerio de Alimentación

TOTAL;

Forman parte del presente Articulo loa Anexo* siguientes:

Anexo N° i: Por Pliegos a nivel de Programas y Partidas

Genéricas.

Anexo N 2 : Por Pliegos a nivel de Programas y Fuentes

de Flnftnciamiento. *

Articulo 6a— Apruébase loa siguientes Ingresos y Egresos del Volumen 02 Instituciones Públicas:

INGRESOS

CAPITULO in :

— Ingresos Propios ............... 5,676’083

CAPITULO IV :

— Endeudamiento ...............160*606

CAPITULO V:

— Ingresos por Transferencias ... 7,726*347

TOTAL! ......................... 13,563036



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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