Ley Nº 2161

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Tipo de Norma: Ley

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 02161

Ros. Log. i\. 2101

Indultando ni reo Daniel Izquierdo

Limaf 30 de octubre de 19 ib. Exorno. Soñor:

El Congreso, en ejercicio de la n ti i bu-clon que le confiere el inciso 19 del artículo 59 de la Constitución, ha resuelto*

9 ' I

indultai al reo Daniel Izquierdo del tiempo que le falta para cumplir su conde u a.

Lo comunica ni os a V. E. para su conocimiento ,y demás fines,— Dios guardo á V. 10 — P. A. I)ii£Z Canseco, Primer Vi-ce Presidente del Senado. — E. TtiDULA, Presidente de la Cámara de Diputa-dos.— Pedro Roja a Lo a yz¿\ , Senador Secretario.— Octavio Alvn. Diputado Secretario.

Al Excmo. Señor Presidente de la República.

Lima, 5 de Noviembre de 1915.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese publíquese.— Rúbrica, de S. E.— Valera.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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