Ley Nº 21601

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 21601

Aprueban Convenio sobre Cáncer Profesional suscrito en Ginebra

DECRETO LEY N' 21601

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO;

El Gobierno Revolucionarlo lia dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO;

Oue el Perú, durante la quincuagésima novena de la Conferencia General de la Organización Internacional de Trabajo realizada en Ginebra, suscribió el Convenio sobre el Cáncer Profesional 1974;

Oue es necesario prevenir, y controlar los riesgos causados por sustancias o agentes cancerígenos a que se exponen en sus actividades los trabajadores;

Que por lo tanto, es conveniente ratificar el Convenio antes mencionado;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo 1— Apruéba

se ¿1 Convenio N 139 sobre el Cáncer Profesional, suscrito en Ginebra el 24 de Junio de 1974.

Artículo 2°— El Ministerio dé Trabajo dictará las medidas específicas necesarias para el cumplimiento del citado Convenio y velará por la estricta aplicación de las mismas en coordinación con el Ministerio de Salud

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treíntiún días del mes de Agosto de mil noveciern tos setentisels.

General de división E.P., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Presidente de la República.

General de División E.P., GUILLERMO ARBULU GA-| LLIAMt Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP, DANTE POGGI MORAN, Ministro de Aeronáutica.

Vice Almirante AP, JOROE PARODI GALLIANI, Ministro de Marina.

Teniente General FAP JOR« GE TAMAYO DE LA FLOR, Ministro de Salud.

General de División E.P., GASTON IBAÑEZ O’BRIEN; Ministro de Industria y Turismo.

Teniente General FAP, LUIS GALINDO CHAPMAN, Ministro de Trabajo.

Teniente General FAP, LUIS ARIAS GRAZIANI, Ministro de Comercio.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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