Ley Nº 2156

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 02156

Res. Leg. N. 2156

Indultando al ex-Subprefecto don Mariano del Solar y rehabilitando en derechos civiles y políticos

Lima30 de octubre de 1915.

Excmo. Señor:

El Congreso, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los incisos 18 y 19 del artículo 59 de la Constitución,

ha resuelto indultar al ex-Suprefecto don Mariano del Solar del tiempo que

le falta para cumplir su condena; rehabilitándolo en el ejercicio de sus derechos civiles y políticos á fin de que pueda ejercer cargos públicos.

Lo comunicamos á V.E. para su conocimiento y demás fines.- Dios guarde á V.E. - P.A. DIEZ CANSECO, Primer Vicepresidente del Senado.— F.TUDELA, Presidente de la Cámara de Diputados.—

Pedro Rojas Loayza, Senador Secretario.- Octavio Alúa, Diputado Secretario.

Al Excmo. Señor Presidente de la República.

Lima, 3 de noviembre de 1915. cúmplase, regístrese, comuniqúese y publiquese.- Rública de S. E.—-Valera.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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