Ley Nº 21474

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 21474

Aplican nuevos recursos propios Ministerio de Vivienda y SINAMOS

DECRETO LEY No. 21474

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que dentro de los límites presupuéstales aprobados mediante Decreto, Ley N* 21057 para el Bienio 1975-1976 no fueron considerados los recursos finán-cleros para atender los gastos de funcionamiento del "Camal Frigorífico Abartcay" y "Servicio dé Agua Potable de Puerto Maldonado” a cargo del Programa 2317 "Apoyo a la Movilización Social en la Región VII — Cuzco” del Pliego: Sistema Nacional de Apoyo a la Movilización Social; por encontrarse en trámite su transferencia a los Sectores respectivos;

Que los mencionados servicios continúan bajo la conducción y administración del referido Pliego, siendo por lo tanto indispensable dotarlos de los recursos financieros correspondientes a fin de asegurar su normal funcionamiento;

Que para el efecto es necesario ampliar el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975-1976 con cargo al mayor rendimiento del rubro Ingresos Propios;

De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 40 del Decreto Ley No. 21057, Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975-1976;

Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

En Uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Articulo 1°— Ampliase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para Í975-197G hasta por la

suma de Seis Millones Quinientos Cincuenta Mil y 00/100 Soles Oro (S/. 6’55(>,000.00) conforme al detalle siguiente:

VOLUMEN 01: Gobierno Central TITULO I: INGRESOS CAPITULO III: Ingresos Propios

2 — Tasas

2.4 — Tasas Sanitarias Partida 202-A — Servicios de Agua

Potable

2.6 — Tasas Agrícolas Partida 2Í1-A — Servicios Varios

(Beneficio de Ganado)

3 — Rentas de la Propiedad

266 — Alquileres

4 — Reembolso de Prestamos

- Créditos

S/. 1'140,000

l’GSG.000

Partida

924,000

Partida 268

2’500,000

TOTAL: S/. 6’550,000

TITULO II: EGRESOS

PLIEGO 23: Sistema Nacional de Apoyo ia la Movilización Social ’

Programa 2317: Apoyo a la Movilización Social en la Región VII — Cuzco

Jefatura Responsable: Dirección Regional

PARTIDAS:

01.00 Remuneraciones

02.00 Bienes

03.00 Servicios ¡

04.00 Transferencias Cort-ienles

08.00 Bienes de Capital-Nuevos

S/. 1'619,G00

1’814,000 511,000 374,400 2’231,00Ó

TOTAL: S/. 6’550,000



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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