Ley Nº 21469

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 21469

Amplían el Presupuesto Bienal en el Pliego del Ministerio de Salud para 1975 -1976

5*444,400

2*655,000

405*509,125

232*338.025

1*260,000

3*000,000

667,000

112*457,800

DECRETO LEY Nb. 21469

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO;

El Gobierno Revolucionario ha dada el Decreta Ley siguiente;

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que el Pliego de Salud requiere implementar financieramente diversos Programas Presupuéstales a fin de posibilitar la cobertura de diversos conceptos de gasto principalmente en lo concerniente a la adquisición de Alimentos, Medicinas, Mantenimiento de Equipos e Instalaciones y Servicios Públicos, para la atención integral de la Salud en Lima Metropolitana, Regiones, Areas Hospitalarias y Otros Centros Asis-tenciales/así como apoyar al “Servicio Civil de Graduandos”;

Que la ejecución del Presupuesto de Ingresos del mencionado Pliego y su respectiva proyección al ciérre del vigente ejercicio permiten prever una mayor captación de recursos en la fuente de Ingresos Propios del orden de los S/. 736*752,800.00, existiendo además saldos de dicha fuente correspondientes,al período bienal 1973-1974 por S/. 8*030,000.00, que posibilitan la implementadón financiera antes mencionada;

é

Que en consecuencia es necesario ampliar el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975-1976, hasta por la cantidad de S/. 744*782,800.00;

De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 40* del Decreto Ley No. 21057, Ley del Presupuesto Biienal del Sector Público Nacional para 1975-1976;

Estando a lo informado por el Instituto Nacional de-Planificación y la Dirección General de Presupuesto Público;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo 1*—Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975-1976, hasta por la cantidad de Setecientos cuarenticuatro millones setecientos ochentidós mil ochocientos y 00/100 Soles Oro (S/. 744*782,800.00), conforme al siguiente detalle; VOLUMEN 01: Gobierno Central TITULO I: INGRESOS CAPITULO HE: Ingresos Propios

1: Venta de Bienes Corrientes y de Servicios

SALUD

Partida:

184 í Capacitación de Personal y

Alumnos

2.4 : Tasas Sanitarias

Partidas:

199 : Biomecánica

200 : Hospitalizaciones y Otros

201 : Consultas Médicas

202 : Fumigaciones

3 : Rentas de la Propiedad

SALUD

Pa :ida:

265 : Alquiler Panadería Hospital

“Víctor Larco Herrera 105,800

5 : Saldos de Balance

SALUD

Partida 271: Saldos de Balance 8*030,000

TOTAL : S/. 744*782,800

TITULO II: EGRESOS SECTOR 18: Salud PLIEGO 18: Ministerio de Salud Programa 1831: Alta Dirección, Asesoría y Administración

Jefatura Responsable: Dirección Superior Partidas:

01.00 Remuneraciones .02.00 Bienes .

04.00 Transferencias Corrientes

04.06 —Otras Transferencias al Sector

Público

—Servicio Civil de Graduandos

Total Programa : S/. 116*124,800

Programa 1834: Asistencia Alimentaria Jefatura Responsable: Director de Alimentación

Partidas:

02.00 Bienes 67*813,000

03.00 Servicios 4*166,000

Total Programa : S/. 71*979,000

Partidas:

Programa 1838: Atención Integral de la Salud en la Región Ñor Medio

168 :

Alimentos

88*624.850

Jefatura Responsable: Director Regional

169 :

Gasolina e Impresos

615,600

Parí idas:

170 :

Bases de Licitaciones y Otros

200,000

2 :

Tasas

SALUD

01.00 Remuneraciones -

02.00 Bienes

1*500,000

9*450,000

2.3 :

Tasas Educacionales

Total Programa : S/.

10*950,000



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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