Tipo de Norma: Ley
Número: 21331
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21331Facultan a Comisión para evaluar al personal del CONUP en 30 días
DECRETO LEY N 21331
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de los Informes emitidos por la Comisión Evaluadora de la Organización Administrativa del Consejo Nacional de la Universidad Peruana, constituida por el propio CONUP, se ha declarado en proceso de reorganización |a Dirección General del Consejo Nacional de la Universidad Peruana en su Integridad, mediante Resolución 2563-75 CONUP del 3 de octubre del año en curso y aclarada por Resolución 2663-75-CONUP del 13 de noviembre del presente año;
Oue es ftecesarfo asegurar las acciones que realice la Comisión Reor ganlzadora del CONUP, facultándola, Incluso, a cesar al personal de dicho Organismo sin proceso administrativo;
En uso de las facultades de que está Investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo 1*— La Comisión Reorganizadora del Consejo Nacional de la Universidad Peruana, que da facultada para evaluar, reublcar o cesar al perso
nal de la Dirección General del Consejo Nacional de la Universidad Peruana, sin proceso administrativo, dentro del término de treinta (30) días computado a partir de la vigencia del presente Decreto Ley.
Artículo 29— Ouedan en suspenso todas las disposiciones legales o admlnls tratlvas que se opongan al cumplimiento del presente Decreto-Ley.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez dias del mes de diciembre de mil novecientos seten-ticinco.
General de División EP
FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI,
Presidente de la República.
General de División EP OSCAR VARGAS PRIETO, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP DANTE POGGf MORAN. Ministro de Aeronáutica.
Vlce Almirante AP JORGE PARODI GALLIA-Nl, Ministro de Marina.
General de División EPLUIS LA VERA VELARDE,
Ministro de Energía y MI
ñas.General de División EP ENRIQUE GALLEGOS VENERO, Ministro de Agri-cultura.
General de División EP MIGUEL ANGEL DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.
Doctor LUIS BARUA CASTAÑEDA, Ministro do Economía y Finanzas.
General de Brigada EP CESAR CAMPOS QUE-SADA, Ministro del Interior
Mayor General FAP JORGE TAMAYO DE LA FLOR, Ministro de Salud.
General de Brigada EP. GASTON IBAÑEZ O’BRIEN, Ministro de ln-dustria y Turismo.
Mayor General FAP, LUIS GALINDO CHAP-MAN, Ministro de Trabajo.
Contralmirante AP ISAIAS PAREDES ARANA, Ministro de Vivienda y Construcción.
General de Brigada EP TIAFAEL HOYOS RUBIO, Ministro de Alimentación Mayor General FAP LUIS ARIAS GRAZIANI, Ministro de Comercio.
General de Brigada EP ARTEMIO GARCIA VARGAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
General de Brigada EP
RAMON MIRANDA AM-PUERO, Ministro de Educación.
Contralmirante AP, FRANCISCO MARIATE GUI ANGULO, Ministro de Pesquería.
POR TANTO:
Mando se publique y
cumpla.
Lima, 10 de Diciembre de 1975.
General de División F.P
FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI.
General de División EP OSCAR VARGAS PRIETO.
Teniente General FAP, DANTE POGGI MORAN.
Více Almirante AP, JORGE PARODI GÁLLIA-Nl.
General de Brigada EP
RAMON MIRANDA AM* PUERO.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.