Ley Nº 21224

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 21224

AUTORIZAN TRANSFERENCIAS DE ASIGNACIONES A ENAFER-PERU POR

S/. 165’800,000.00

DECRETO-LEY N- 21224

CONSIDERANDO:

Que con fecha 31 de Mayo de 1973 se suscribió 'en la ciudad de La Paz, un Convenio sobre Vinculación Ferroviaria entre los Gobiernos del Perú y de Bolivia;

Que por Decreto-Ley 20071 se aprobó el mencionado Convenio;

Que por Resolución Suprema N 0200-73-DC -DS de 16 de Octubre de 1973 se encargó a la Empresa Nacional de Ferrocarriles del Perú —ENAFER-PERU— la realización de los estudios v medidas necesarias para llevar adelante las acciones, que corresponda al Perú, en materia de vinculación y transporte ferroviarios con Bolivia, contempladas en el punto 5 del Convenio mencionado, encargándose al Ministerio de Economía y Finanzas a proveer ios fondos necesarios y efectuar los reembolsos de los gastos, ascendente a S/. 5'800,000.00, que ENAFER-PERU realizó con caigo a su presupuesto:

Estando a lo informado favorablemente por las Direcciones Generales de Presupuesto Público y de Crédito Público;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Art. 1°— Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a efectuar una Operación de Transferencia de Asignaciones Presupuéstalos hasta por la cantidad de Ciento Sesenticin-co Millones Ochocientos Mil y 00/100 Soles Oro S/. 165*800,000.00), en el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975-1976, conforme al siguiente detalle:

Volumen 01: Gobierno Central

Título II: Egresos

DEL:

Sector 09: Economía y Finanzas Pliego 09: Ministerio de Economía y Finanzas Programa 0907: Formulación y Evaluación del Presupuesto Público

Jefatura Responsable: Dirección General de Presupuesto Público

Partidas: S /

04.06 Otras Transferencias al Sec

tor Público ............165*800,000.00

AL:

Sector 14: Transportes y Comunicaciones

Pliego 14: Ministerio de Transportes y Comunicaciones Programa 1401: Actividades de Ad ministración General y de A-sesoramiento.

Jefatura Responsable: Dirección General de Administración

Partidas: S /

11.00 Transferencias de Capital

11.02 A Empresas Públicas..... 165*800,000.00

—Empresa Nacional de .Ferrocarriles del Perú (E-NAFER-PERU).

Art 2o.— Autorízase a la Empresa Nacional de Ferrocarriles del Peni a adquirir dos locomotoras, 20 vagones, 90 truques de trocha métrica y 50 de trocha standard, a que se refire el punto 5 del Convenio, así como maquinaria, equipo, rieles, dumientes y otros accesorios de vía que serán necesarios para la rehabilitación de la vía férrea en el tramo Guaqui-Viacha en territorio boliviano, con cargo a operaciones de crédito que gestionará la Corporación Financiera de Desarrollo en representación del Estado, cuyás condiciones serán fijadas en los dispositivos legales aprobatorios de estas operaciones.

Art. 3— Los servicios de las obligaciones y demás gastos de las operaciones de crédito que se autorizan por el artículo anterior, serán atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo al financiamiento global que, en función de las prioridades intersectoriales y metas del Sector, le corresponda para cada Ejercicio Presupuestal al Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Por tanto: Mando se publique y cumpla. Lima, 22 de Julio de 1975.

Gral. de Div. EP. Juan Velasco Alvarado. Gral. de Div. EP. F. Morales Bermúdez C. Tnte. Gral. FAP. Rolando Gilardl Rodríguez. Vice-AImirante AP. Augusto Gálvez Velarde. Gral. de Brig. EP. Amílcar Vargas Gavilano.

04 00 Transferencias Corrientes



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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