Tipo de Norma: Ley
Número: 21187
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21187DECLARAN “DIA DEL CAMPESINO PERUANO" EL 24 DE JUNIO, POR SU SIGNIFICACION HISTORICA
DECRETO-LEY N 21187
CONSIDERANDO:
Que por Decreto-Ley 17718 se declara Día del Campesino Peruano el 24 de Junio de cada año;
Que dicha festividad debe ser celebrada teniendo en cuenta la significación histórica de! campesino, así como el rol que ha asumido en el proceso revolucionario peruano;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo Unico.— Sustitúyese el Art. 1 del Decreto-Ley 17718 por el texto siguiente:
“Art. 1— Declárase “Día del Campesino Peruano" el 24 de Junio de cada año, constituyendo fiesta cívica no laborable a partir de las doce horas".
Por Tanto: Mando se publique y cumpla.
Lima, 17 de Junio de 1975
Gral. de Div. EP. Juan Velasco Alvarado.
GraL de Div. EP. Eco. Morales Bermúdez.
Tnte. Gral. FAP. Rolando Gllardi Rodríguez
Vice-Almirante AP. Guillermo Faura Galg,
Gral. de Div. EP. Enrique Gallegos Venero.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.