Tipo de Norma: Ley
Número: 210
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00210Hes. leg. No. 210 Permiso á don Nicanor A.
Carmena
Lima y 26 de setiembre de 1906.
Exemo. Señor:
El C ongreso ha resuelto conceder al ciudadano don Nicanor A. Carmona el permiso que, en observancia de lo prescrito en el inciso 4.° del artículo 41 de la
Constitución, ha solicitado para aceptar y ejercer en el departamento de Lambaveque, el cargo de cónsul que le ha conferido el Gobierno de la República de Panamá.
Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento v demás fines.
Dios guarde á V. E.—M. C. Barrios, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Primer Vice-Presidente de la H. Cámara de Diputados.—José Manuel García, Senador Secretario.— Germán Arenas, Diputado Secretario.
Exemo. señor Presidente de la República.
Lima, 29 de setiembre de 1906.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese publíquese.—Rúbrica de S. E.—Prado Ugarteche.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.