Tipo de Norma: Ley
Número: 2081
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02081Ros. Leg. X. 2081
Criación del distrito de
.ViidnliubylillN^ en
Isi provincia de Qui»pii*Hiiclii
NICANOR Al. CARMOXA
PRESI r*E.\'TH DEL CONGRESO
Por cuanto el Congrego ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:
Artículo l.° — Créase en la provincia de Quispicanchi del departamento del Cuzco, el distrito de And&huayiillas, formado por el pueblo de su nombre, que será la capital, y las haciendas y comunidades que actualmente Je perte-necen.
Artículo 2°— Los límites del nuevo distrito serán: por el norte, los distritos de Caycay y Oropesa, pertenecientes á las provincias de Paucartambo y Quispioauctii, respectivamente; por él este, las parcialidades de Parocan y Mayoalcea del distrito de Urcos; por el oeste,la cordillera de Yanacrocha, que lo separa de la provincia de Aeomayo; y, por el sur, los terrenos del pueblo ¿le Huaro, en el distrito de Urcos.
íoninními^sp al Pretor pío/mi nm-n
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.