Tipo de Norma: Ley
Número: 20796
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20796Amplían el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional pera 1973-74 hasta por 2*674,OOO.oo solesen el Pliego de Educación
DECRETO LEY N 20796EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:El Gobierno Revolucionarlo lia dado el Decreto Ley siguiente:EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO:
CONSIDERANDO:
Que el Pliego Ministerio de Educación dentro de su
Presupuesto de Operación tiene considerado el Programa N°. 2211- Primera Región de Educación, cuyos recursos
financieros asignados para el vigente ejercicio Presupuestal
han resultado insuficientes para el cumplimiento de las actividades tendientes al logro de metas programadas;
Que para el efecto, la Primera Región de Educación_ Chiclayo durante la actual ejecución presupuestal y su proyección al cierre al ejercicio fiscal, tendrán una mayor captación de Ingresos Propios Ascendientes a S/.2'979,915.00,
los mismos que permiten la implementación financiera de las diversas partidas defínitarias;
Que en consecuencia, es necesario ampliar al Presu
puesto Bienal vigente hasta por la cantidad de S/.2'674, 000.00 en favor del Pliego y Programa mencionados;
De conformidad con lo establecido en los Artículos 57° de la Ley NM4816, Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y 41° del Decreto Ley N° 19864, Ley del Presupuesto Bienal del Sector público Nacional para
1973-1974;
Estando a lo informado favorable por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;
En uso de las facultades de que está investido; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo 1°.- Ampliase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973_1974, hasta por la suma de Dos Millones Seiscientos Setenticuatro Mil y 00/100 Soles oro (S/.2674',000.00), en el Pliego Ministerio de Educación, conforme al siguiente detalle:
VOLUMEN I : Gobierno Central TITULO I : INGRESOS
CAPITULO
[I : Ingresos Propios
1 : Venta de Bienes Corrientes y de Servicios
PARTIDA
í Producción Industrial y Agropecuaria...............................................
• Certificados de Estudios...............
184
S/. 29,000
$/• 618,000
185
1 : Tasas
2.3 : Tasas Educacionales
PARTIDAS :
206
; Derechos de zados.................
Exámenes de
Apla-
s/. 200,000
207
: Derechos de ñanza................
Pensiones de
Ense-
s/. 1'487,000
208
: Exámenes de sanación y
Revaluación, otros..................
Sub-
s/. 240,000
TOTAL
«•
S/. 2*674,000__
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.