Tipo de Norma: Ley
Número: 20781
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20781PARA 1973-1974
Amplían Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional en el Pliego de Agricultura
6/- 3'700,000
DECRETO LEY <N 20781EL PRESIDIANTE DE LA REPUBLICA FOR CUANTO:
El -Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO:
CONSIDERA rT DO;
Que el Ministerio de Agricultura dentro de su Presupuesto de Operación, tiene ocnsklerado el Programa 1115 "Operaciones para la Conservación y Desarrollo de los Recursos Agrarios de la Zona Agrada VII - Tacna”, cuyos recursos financieros asignados en el actual Bienio han resultado Insuficientes para la realización de las acciones previstas que conllevan al cumplimiento de las metas que tiene programadas;.
Que para el efecto, la Zona Agraria VII - Tacna durante la actual ejecución presupuestad tendrá una mayor captación de ingresas propios ascendentes a S/. 3700,000.00 los mismos que permitirán la habilitación financiera de las partidas deficitarias;
Que en consecuencia es necesario ampliar el Presupuesto Bienal 1973-1974, en el Pliego Ministerio de Agricultura hasta por la suma de S/. 3*700,000.00;
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 57< de la Ley N< 14816, Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y 41 del Decreto Ley N 19864, Ley del Presupuesto Bienal del Sector Publico Nacional para 1973-1974;
Estando a lo informado favorablemente por el Instituto Nacional de Planificación y la Dilección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatotrio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo 1 — Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974, en el Pliego Ministerio de Agricultura, hasta por la suma de Tres Millones Setecientos Mil y 00/100 Soles Oro (S/. 3 700,000.00), conforme ai siguiente detalle:
VOLUMEN I: Gobierno Central TITULO I; Ingresos CAPITULO III: Ingresos Propios
1: Venta de Bienes Corrientes y de Servicios.
Partidas:
154: Servicio de Inspección y Control.......... 500,000
155: Venta de Reproductores, Ganado y Carnes .. 900,000
157: Venta de Maderas, Plantas, Plantones, Semillas y Fintas ........................ 160,000
360: Viveros Forestales y Vitícolas....... .. 60,000
162: Venia de Alimentos Concenltadoe....... ItlBOflOO
165: Otros Ingresos .... ..................... 30,000
2: Tasas
2.6: Tnsns Agrícolas Partidas;
242: Derecho por Corte y Tase de Madera . . . . 45.000
243: Derecho por Inseminación Artificial .. .. ... 25,000
3: Rentas de la. PropiedadTari lila:
308: Alquiler Maquinaria Agrícola ........... 350,000
Tota!........
PRESUPUESTO DE OPERACION Programa 1115: Operaciones para la Conservación y Desarrollo de los Recursos Agrarios de la Zona Agraria VII Tacna.
Jefatura Responsable: Zona Agraria Vil-Tacna
PARTIDAS:
01.00 REMUNERACIONES ..... 600,000
02.00 BIENES ............’............... 1*520,000
03.00 SERVICIOS......................... P080.000
04.00 TRANSFERENCIAS CORRIENTES ........ 200,000
08.00 BIENES DE CAPITAL NUEVOS....... 100,000
Total: ......................... .. S/. 3 700,000
Artículo 2° — El Ministerio de Agricultura en un plazo de 30 días contados a partir de la promulgación del presente Decreto Ley, autorizará la modificación de las respectivas presupuestas analíticos, transcribiendo copla de dichas oulotriza-ciones a las organismos que establece el Decreto Ley N 19864.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de Noviembre de mil novecientos setenticuatro.
General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO, Presidente de la República.
General de División EP EDGARDO MERCADO JARUIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vire Almirante AP., JOvSE ARCE LARGO, Ministro de Marina.
Teniente General FAP., PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.
General de División EP., ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Mililitro de Agricultura.
General de División EP., JORGE FERNANDEZ MALDO-NADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.
General Ce División EP., JAVIER TANTALEAN VANINI, Ministro de Pesquería.
Vicc Almirante AP.,. AUGUSTO GALVEZ VELARDE, Ml-nluro de Vivienda.
Teniente General FAP., FERNANDO MIRO QUESADA BAJIAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP., ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Turismo.
General de Brigada EP MIGUEL A* DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada EP., PEDRO RICIITER PRADA, Ministro del Interior. Encargado de la Cartera de Educación.
General dé Brigada EP AMILCAR VARGAS GAVILANO, Ministro de Economía y Finanzas.
General de Brigada EP., RAUL MENEBE8 A RATA, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Mayor General FAP., LUIS ARIAS GRAZIANI, Minie-tro de Comercio.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla
Lima, 05 de Noviembre de 1974
General de División EP., JUAN VELASCO ALVARADO*
General de División EP EDGARDO MERCADO 1ARRIN,
Teniente General FAP ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Vice Almirante AP JOSE ARCE LARGO.
General de Brigada EP, AMILCAR VARGAS GAYILANO.
TITULO II: Egresas
SECTOR 10: Agricultura
PLIEGO 01: Ministerio de AgiicuHura.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.