Tipo de Norma: Ley
Número: 20756
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20756Autorizan al Ministerio de Guerra concertar préstamo
hasta por S/. 2OO'OOO,000.00
DECRETO LEY N* 20756
EL PRESIDENTE DE DA REPUBLICA
ron CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha iludo el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Supremo N* 019-71-GU del SI de Agosto de 1971 se dispone que cari* uno rio lo* Honnltnles
Genera! de División E.P., EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.
Teniente General FAP., ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice-Almlrante AP„ IOSK ARCE LAUCO, Ministro de
Marina.
Teniente Oeneral FAP., PEDRO BALA. OROSCO, Ministro de Trabajo.
General de División EJE*., ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
General de División £.P^ ENRIQUE VALDEZ ANGU-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.