Ley Nº 20714

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 20714

Tipo de Norma: Ley

Número: 20714


Visualización de la norma: Ley 20714



Descargar Ley 20714 en PDF -

documento PDF

 20714

DE MONTERRICO EN DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO

Peruano de Audición y n Urb. “Valle Hermoso”

Adjudican a Centro Lenguaje el lote 12

DECRETO LEY N< 20714

EL. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que el Centro Peruano de Audición y Lenguaje es una Institución particular, no lucrativa. que labora en el eampo de la rehabilitación y educación del niño sordo y en general, de las personas oue sufren trastornos de la voz y el lenguaje:

Que en el ejercicio de esta actividad, el Centro se ha prestigiado internacional-mente como Institución de alto nivel técnico;

Que desempeña su función con emoción social, y mantiene una Sscuela de PosG Grado, la única que en el país forma profesores especializados en una importante área de la excepcionali-dad;

Que para poder financiar la construcción de su local con la garantía del inmueble, el Centro necesita adquirir la propiedad del terreno que se le adjudicó en uso mediante Resolución Suprema N< 16-DBN, del 18 de Febrero de 1964;

Que atendiendo los fines de colaboración con la función social del Estado y la eficiencia técnica de SU acción, se justifica que se le adjudique esa propiedad;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha Hado el Decreto-Ley siguiente

Artículo 1° — Adjudícase al Centro Peruano de Audición y Lenguaje, la propiedad del lote 12 de la Manzana “K” de la Urbanización "Valle Hermoso de Monte-rrica" - Zona Este, del distrito de Santiago de Surco,

con un úrea de 4,922.44 m2., con los siguientes linderos y medidas perimétricas Por el frente, con la Calle Martín Pizarro, con 94.80 mi. por la derecha entrando con los lotes 1 y 11 de la misma manzana, con 50.46 mi.; por la izquierda con la Calle Domingo de la Presa con 55.70 mi.; y por el fondo con la Calle Alonso de Molina con 95.50 mi.; para que lo destine a la construcción de su local.

Artículo a* — Autorizase al Centro Peruano de Audición y Lenguaje a celebrar operaciones de crédito para financiar la construcción de dicho local, con garantía del terreno cuya propiedad se le adjudica.

Articulo 3* — La propiedad del terreno y la edificación revertirá ai Estado, sin obligación de abonar suma alguna. si el local dejara de aplicarse a los fines de la presente adjudicación.

Artículo 49 — El Director General de Bienes Nacionales otorgará la escritura de adjudicación de la propiedad, que queda liberada de todo impuesto.

Dado en la Casa de Gobierno. en Lima, a los tres días del mer de Setiembre de mil novecientos setenticuatro.

General de División E. P., JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la República.

General de División E. P., EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General F.A.P., ROLANDO GILARDI RO DRIGUEZ, Ministro de At ronáutica.

Vice Almirante A.P., JOSE ARCE LARCO, Ministro de Marina.

Teniente General F.A.P., PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División E. P., ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.

General de División E. P.,

ENRIQUE VALDEZ ANGU-LO, Ministro de Agricultura.

General de División E. P., JORGE FERNANDEZ MAL. DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

Teniente General F.A.P., LUIS BARANDIARAN PAGADOR, Ministro de comercio.

General de División E. P.f JAVIER TANTALEAN VA-nini. Ministro de Pesquería.

Vice Almirante AP., AUGUSTO GALVEZ VELAR-DE, Ministro de Vivienda,

Teniente General FAP„ FERNANDO MIRO QUESA-DA BAHAMONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante AP.. ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Turismo.

General de Brigada E.F., MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada E.P., TEDRO RICHTER PRADA, Ministro del Interior.

General de Brigada E.P., EMILCAR VARGAS GAVI-LANO, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada E.P., RAUL MENESES ARATA, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

POR TANTO

Mando se publique y cumpla.

Lima, 3 de Setiembre de 1974.

General de División E. P., JUAN VELASCO ALVARA-DO.

General de División E. P„

EDGARDO MERCADO JA. RRIN.

Teniente General F.A.P.,

ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice Almirante AP. JOSE ARCE LARCO.

Vice Almirante AP. AUGUSTO GALVEZ VELARDE,



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos