Ley Nº 20701

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 20701

Tipo de Norma: Ley

Número: 20701


Visualización de la norma: Ley 20701



Descargar Ley 20701 en PDF -

documento PDF

 20701

Amplían el Presupuesto Bienal del Sector

del Poder Judicial

Público Nac. del Pliego

l’OOO.OOO

TOTAL

DECRETO LEY N9 20701

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO HA DADO EL DECRETO LEY SIGUIENTE:

El GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que diversas partidas especificas del Pliego del Poder Judicial, Programa de Operación N9 0002 “Administración de Justicia’’, han resultado deficitarias durante la ejecución del Presupuesto Bienal en vigencia;

Que asimismo no se han programado los recursos financieros necesarios para el equipamiento del Palacio de Justicia de Loreto, cuya inauguración está prevista para ei mes de Octubre del año en curso;

Que se estima en base a los resultados de la última evaluación presupuestal y su correspondiente proyección al cierre del ejercicio, un mayor rendimiento en los Ingresos Propios del orden de S/. 3’000,000.00 que permiten financiar parte de las necesidades de gasto mencionadas, siendo necesario atender la diferencia mediante una operación de transferencia de Crédito Presupuestal;

De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 38 inciso “d” y 41 ¿el Decreto Ley N 19864, Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974;

Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Articulo 1— Amplíese el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974 hasta por la suma de Tres Millones de Soles Oro (S/. 3*200,000.00) en la fuente de Ingresos Propios conforme al siguiente detalle:

VOLUMEN I: GOBIERNO CENTRAL TITULO I: INGRESOS CAPITULO III: INGRESOS PROPIOS 2. TASAS

2.2 Tasas Judiciales y de Policía

Partida 202 - Certificados de Antecedentes Penales 500,000

7. OTROS INGRESOS PROPIOS

Partida S28-A. Otros Ingresos 2'300,000

TOTAL S/. 3 ■000,008

TITULO II: EGRESOS SECTOR 02: PODER JUDICIAL PLIEGO 01: PODER JUDICIAL

PRESUPUESTO DE OPERACION

PROGRAMA 0802: ADMINISTRACION DE JUSTICIA JEFATURA RESPONSABLE: Presidencia Corte Suprema Psrtidds j

04.00 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 04.87 Pensiones de Retiro, Cesantía, Jubilación y Montepío ¿¿'000,000

PRESUPUESTO DE INVERSION PROGRAMA 0026: CONSTRUCCION DE LOCALES JUDICIALES Jefatura Responsable: Dirección General de Administración Partidas :

08.00 BIENES DE CAPITAL NUEVOS

08.01 Mobiliario, Enseres y Equipo Mecánico de Oficina (APERTURA)

-—Equipamiento Palacio de Justicia de Loreto

S/. 3’000,000

Artículo 2— Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a efectuar una operación de Transferencia de partidas hasta por la suma de Cincuenticuatro Millones Quinientos Mil y 00/100 Soles-Oro (S/. 54’500,000.00), en el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974, conloo»* al siguiente detalle;

DEL:

SECTOR 09: Economía y Finanzas PLIEGO 01: Ministerio de Economía y Finanzas PRESUPUESTO DE OPERACION Programa 0557: Formulación y Evaluación del Presupuesto Público Jefatura Responsable: Dirección General de Presupuesto Público.

PARTIDAS:

04.00 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

04.06 Otras Transferencias al Sector

Público 9/ • 54*500,000

AL:

SECTOR 02: Poder Judicial PLIEGO 01: Poder Judicial

PRESUPUESTO DE OPERACION

Programa 0002: Administración de Justicia Jefatura Responsable: Presidencia Corte Suprema

PARTIDAS:

01.00 REMUNERACIONES 01.02 Remuneración Personal 5’500,000

01.07 Remuneraciones Especiales 16’000,000 21’500,000

04.00 TRANSFERENCIAS

CORRIENTES

04.07 Pensiones de Retiro, Cesantía, Jubilación y Montepío 32*000,000

04.11 Sepelio y Luto l’OOO.OOO 93*000000

TOTAL: 3/. 54’560,(»0

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de Agosto de mil novecientos setenticuatro.

General de División EP JUAN VELASCO AL VARAD O, presidente de la República.

General de División EP EDGARDO mercado JARRiN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra, Encargado de la Cartera de Aeronáutica.

Vlce Almirante AP JOSE ARCE LARCQ, Ministro de Marina.

Teniente General FAP PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General de División EP ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.

General de División EP ENRIQUE VALDRE ANGULO, Ministro de Agricultura.

Teniente General FAP LUIS BARANDIARAN PAGADOR, Ministro de Comercio.

Viee Almirante AP AUGUSTO GAL VEZ VELARDE, Ministro de Vivienda.

Teniente General FAP FERNANDO MIRO QUESADA BAHAMONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante AP ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Comercio.

General de Brigada EP PEDRO RICHTER ÍRADA, Ministro del Interior, Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores

General de Brigada EP AMILCAR VARGAS GAVILANO, Ministro de Economía y Finanzas. JMcartwJo de la Cárter* de Energía y Minas

General de Brigada EP RAUL MENESES ABATA, Ministro de Transportes y Comunicaciones, Encargado de la Cartera de Pesquería.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla Lima, 20 de Agosto de 1974.

General de División EP JUAN VELASCO ALVARADO. General de División EP EDGARDO MERCADO JARRJN. Ministro de Guerra, Encargado de la Cartera de Aeronáutica. Viee Almirante AP JOSE ARCE LARGO General de Brigada EP AMILCAR VARGAS GAVILANO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos