Ley Nº 20666

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 20666

Modifican 2da. Disposición Final del Decreto Ley N9 20165

DECRETO LEY N* 20666

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionarlo h* dado el Decreto-Ley *1-luiente •

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que conforme a la Segunda Disposición Final del Decreto Ley No. 201G5, la Ley General de Aduanas" debe entrar en vigencia el Io de Julio de 1974;

Que es conveniente póster, gar la puesta en vigencia de la mencionada Ley, en razón de que, para su aplicación de be concluirse previamente con la adaptación de la Orgaui. «ación Aduanera a las dispo. «telones de la referida Ley;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente;

Articulo Unico.— Modifícase la Segunda Disposición Final del Decreto.Ley No. 20105, en el sentido de que la Ley Ge-neral de Aduanas entrará en vigencia el Io de Octubre de 1974.

Dado en la Casa de Gobier. no. en Lima, a los dos días del mes de Julio de mil novecientos selenticuatro.

General de División EP. 1UAN VELASCO ALVARA-DOf Presidente de la República.

General de División EP.

EDGARDO MERCADO JA-KRIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Encargado de la Cartera de Aeronáutica.

Vice Almirante AP. JOSE ARCE LARCO, Ministro de Marina.

General de División EP. ALFREDO CARPIO BECE* RRA, Ministro de Educación.

General de División EP. ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.

General de División E. P. JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas:

Teniente General FAP. LUIS BARANDIARAN PAGADOR, Ministro de Comercio.

General de División EP. JAVIER TANTALEAN VANI-NI, Ministro de Pesquería.

General de División EP. GUILLERMO MARCO DEL PONT SANTISTEVAN, Ministro de Economía y Finanzas.

Vice Almirante AP. AUGUSTO CALVEZ VELARDE, Ministro de Vivienda.

Teniente General FAP. FERNANDO MIRO QUESADA BAIIAMONDE, Ministro de Salud. Encargado de la Cartera de Trabajo.

Contralmirante AP., ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Turismo.

General de Brigada EP., PEDRO RICHTER PRADA,

Ministro del Interior. Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores.

General de Brigada EP. RAUL MENESES ARATA, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 02 de Julio de 1974. General de División EP. JUAN VELASCO ALVARA-DO.

General de División EP.

EDGARDO MERCADO JA-RRIN.

Ministro de Guerra, encarga, do de la Cartera de Aeronáutica.

Vice Almirante AP. JOSE

ARCE LAUCO.

General de División EP., GUILLERMO MARCO DEL PONT SANTISTEVAN.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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