Ley Nº 20648

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 20648

Modifican los incisos e, f y g del Articulo 12° del Decreto Ley 19538

DECRETO LEY N 20648

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto - Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que debido a les recientes cambios Introducidos en la sectoriaUzaelón de la actividad pública, así como por razones de orden operativo, es conveniente reajustar la conformación del Directorio de la Empresa Nacional de Fe-nocárrll del Perú (ENAFÉR PERU).

En uso de las facultades de que eStft Investido; y

Con el voto apróbntorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Décreto Ley siguiente:'

Artículo Unico. — Modifícese los Incisos e, f. y g. del artículo 121 del Decreto Ley 10033 en la forma que a continuación se Indica y derógase el Inciso h. del mismo articulo.

Un representante del Ministerio de Industria y Turismo”;

"f. Un representante del Ministerio de Comercio”; y

“g. Dos representantes de los trabajadores de ENAFER PERU”.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de Junio de mil novecientos setenticiiatro.

General de División EP. JUAN VELASCO ALVAR A-DO. Presidente de la República.

General de División EP. EDGARDO MERCADO JA. RUIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra

Teniente General FAP. ROLANDO G1LAUDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica

Vlce Almirante ap. jóse ARCE LAUCO, Ministro de Marina.

General de División EP. ALFREDO CARPIO BECERRA Ministro de Educación

General de División EP. ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura

General de División EP. JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLAItl, Ministro de 'Energía y Minas.

Teniente General FAP. LUIS BARANDIARAN PA GADOIt. Ministro de Comercio

General de División EP. JAVIER TANTALEAN VANI-NI, Ministro de Pesquería

General de División EP. GUILLERMO MARCO DEL rONX SANTISTEVAN, Ministro de Economía y Finanzas

Vlce Almirante AP. AUGUSTO GALVEZ VELARDE, Ministro de Vivienda.

Teniente General FAP. FERNANDO MIRO QUESA-DA BAIIAMONDE, Ministro de Salud, Encargado de la Cartera de Trabajo.

Contralmirante AP. ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO Ministro de Industria y Turismo,

General de Brigada EP, MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores

General de Brigada EP. TEDRO RICIITER PRADA, Ministro del Interior,

General de Brigada EP. RAUL MENESES AftATA, Ministro de Transportes y Comunicaciones

POR TANTO;

Mando se, publique y cumpla.

Lima, 18 de Junio de 1974.

General de División EP.

JUAN VELASCO ALVARA-DO.

General de División EP. EDGARDO MERCADO JA-RRIN.

Teniente General FAP,

ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vlce Almirante AP. JOSE ARCE LARCO

General de Brigada EP. RAUD MENESES ARATA.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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