Ley Nº 20618

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 20618

AMPLIAN EL PRESUPUESTO BIENAL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL EN EL

PLIEGO DE SERPAR

DECRETO-LEY N 20618

CONSIDERANDO:

Que e¡ Servicio de Parques, Institución Pública Descentralizada del Sector Vivienda, es el organismo encargado de llevar a cabo la habilitación, operación y mantenimento de á-reas de recreación en Lima Metropolitana y principales ciudades de la República;

Que para tal fin dicho organismo ha estructurado un Programa destinado a satisfacer las necesidades de recreación hasta el año 1980, consistente en los siguientes proyectos prioritarios;

a) Complementación del área de recreación activa en el Parque Zonal Sinchi Roca (N 2) en el distrito de Comas, que servirá a una población en su radio de influencia, de más de 300,000 habitantes concentrados en los distritos de Comas e Independencia.

b) Iniciación de las obras de habilitación del Parque Quistococha en la ciudad de Iqujíos, que servirá a la población tanto en el aspecto recrcacional como turístico.

c) Obras de complementación en los Parques Zonales en actual funcionamiento: Sol y Campo, Las Leyendas, Cahuide y Túpac A-maru, para una me;or operación y servicio de los mismos.

d) Habilitación de áreas de recreación activa en la República.

Que los mencionados Proyectos no fueron considerados en Ja formulación del Presupuesto para el Bienio 1973-1974, por lo que es necesario autorizar la ampliación de dicho Presupuesto en lo que respecta al Pliego del Servicio de Parques, contando para el efecto con recursos adicionales en la fuente de Ingresos Propios del citado Pliego provenientes de una may-r recaudación de los mismos por S/. 28,S(jC,000.00,

De conformidad con io establecido en el Art. 51 del Decreto-Ley N 19864, Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974;

Estando a lo informado por el Instituto Nacional de Planificación, por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y por el Instituto Nacional de Recreación, Educación Física v De-portes —INRED—;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Art. Unico.— Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974, en la suma de Veintiocho Millones Ochocientos Sesenta Mil y 00/100 Soles Oro (S/. 28' 860,000.00), con la Fuente de Ingresos Propios, conforme al siguiente detalle:

Sector 16: Vivienda

Volumen II: Instituciones Públicas Descentralizadas

Pliego 02: Servicio de Parques INGRESOS S/.

Capítulo III: Ingresos Propios ... 28’860,000.0fl

1: Venta de Bienes Corrientes y de Servicios

Partida 10-a: Cobranza del ingreso a los diferentes Parques Zonales 8'870,000 00

6: Venta de Bienes de Capital Partida 109: Venta de Terrenos

—D.L. N 18898 19'990,000.00

EGRESOS

Presupuesto de Operación

Programa 2151: Servicio de Parques 12'260,000.00

Jefatura Responsable: Gerencia General

Jefatura Responsable: Gerencia General

Partidas:

s/.

01.00 Remuneraciones

8'335,000.00

01.05 Remuneración Transitoria No

Pensionable

1T65.000.00

01.07 Remuneraciones Especiales

01.08 Remuneraciones . del Obrero

1 '520,000.00

Permanente (Jornal)

02.00 Bienes

5'650,000.00

02.01 Alimento para persona

150,000.00

02.03 Vestuario

200,000.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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