Tipo de Norma: Ley
Número: 20576
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20576Se modifica el texto del artículo 2° del Decreto Ley número 20232
DECRETO LEY N- 20576 el presidente de LA REPUBLICA
POR CUANTO:
3511 Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.
CONSUXU'-ANDO:
Que es nt*-es..rio modificar e] Artículo 2 del Decreto Ley N'* 20232 en lo concerniente a M fuente de reembolso del crédito que por dicho Decre-Uvl,ey se autoriza:
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha. dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo Unico. — Modifícase el texto del Articulo 2o ri>'i Decreto Ley Nv 20232 el filie quedará redactado de la aijnriente forma:
‘'El servicio de amortización e intereses del préstamo que se autoriza, por el presente Decroio I,ey será atendido con carro a lar Partidas Presupuéstales que para tal efecto coasigne en sn Pliego ei Ministerio de Guerra con recursos provenientes de loe Bazares del Ejército’'.
Dado en la Casa de Gobierno. en Lima, a los nueve días del mes de Abril de mil novecientos setenticuatro.
General de División E. P. JUAN VELA SCQ ALVARA-DO. Presidente de la República.
General de División E. P. EDGARDO MERCADO JA-ItRIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro da Guerra.
Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.
Vice-Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO, Ministro de Marina.
Teniente General FAP. PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.
General de División E. P. ALFREDO CARPIO BECERRA, Ministro de Educación.
General de División E. pt ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.
General de División EP. JORGE FERNANDEZ ¡VIAL-DONADO SOLari, Ministro de Energía, y Minas
Teniente General FAP LUIS BARANDLARAN PAGADOR. Ministro de Comercio.
General de División E. P. JAVIER TANTALEAN VANI-NI, Ministro de Pesquería.
General de División E. P. GUILLERMO MARCO DEL PONT SANTISTETAN, Ministro de Economía y Finanzas.
Teniente General FAP. FERNANDO MIRO QUESA-DA BAHAMONDE, Ministro de Salud.
Contralmirante AP. RAMON ARROSPIDE MEJIA. Ministro de Vivienda.
Contralmirante AP. ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO. Ministro de Industria y Turismo.
General de Brigada E. P. PEDRO RICHTER PRADA, Ministro del Interior. Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores General de Brigada E. P. RAUL MENESES ARATA, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 9 de Abril de 1974. General de División E. P.
JUAN VELASCO ALVARA-DO.
General de División E. P. EDGARDO MERCADO JÁ-RRIN.
Teniente General FAP. ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.
Vice-Almirante AP. LUIS E. VARGAS CABALLERO.
General de División EP. GUILLERMO MARCO DEL PONT SANTISTEVAN.
EN GRUPO DE BANCOS EXTRANJEROS(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.